SANTIAGO.- La Cámara de Diputados aprobó este martes en particular el proyecto de ley que modifica el Código Penal en la tipificación del delito de tortura, medida que fue enviada al Senado para continuar con su tramitación.
Según consignó la página de la Cámara, la iniciativa establece que "se entenderá por tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una confesión, o de castigarla por un acto que haya cometido".
De esta forma, quien infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su dignidad, será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo de 61 días a 5 años.
Además, se aumentará la pena en un grado al que cometa esta conducta en contra de una persona menor de edad o en situación de vulnerabilidad por discapacidad, enfermedad o vejez o quien la tenga bajo su cargo, cuidado o responsabilidad.
La propuesta también introduce un cuerpo especial en el artículo 161 del Código Penal enfocado solo al tema de la tortura.
En dicho apartado se indica que el empleado público o el particular que, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, aplique tortura a una persona, será penado con presidio mayor en su grado mínimo, desde 5 años y un día a 10 años.
El encubridor de tal conducta será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo, desde tres años y un día a 5 años.