SANTIAGO.- El martes 1 de marzo comienza a regir en el país la primera iniciativa emblemática de la reforma educacional: la Ley de Inclusión, cuya normativa prohíbe el lucro, termina con el copago y pone fin a la selección en los establecimientos escolares que reciben fondos públicos.
En total, 784 colegios comenzarán a funcionar de manera gratuita a partir del próximo mes, tras declarar dicha voluntad al Ministerio de Educación. Esto implica que dejarán de cobrar copago a las familias, ya que los recursos serán ahora reemplazados por dineros del Estado.
Dichos recintos se suman a los que ya operaban de esa forma hasta el 2015 -municipales y particulares subvencionados- lo que implica que cerca de 240 mil alumnos más podrán estudiar sin que sus familias deban pagar mensualidad. La cifra se suma los cerca de dos millones de escolares que ya cursaban su enseñanza de manera gratuita hasta el año pasado.
Colegios no podrán seleccionar: será gradual
La Ley de Inclusión establece que el proceso del fin a la selección será gradual: este año comenzará a regir sólo para los colegios de la región de Magallanes, en los niveles pre kinder, kinder, primero y séptimo básico, además de primero medio.
¿Qué implica? que cuando los establecimientos abran el período de postulación para la admisión 2017, no podrán seleccionar a sus alumnos por criterios arbitrarios, es decir: no se podrá solicitar antecedentes económicos, sociales ni escolares, como tampoco se podrá exigir la rendición de una prueba de conocimientos.
¿Cómo se "eligirá" a los alumnos, entonces? Todos los escolares podrán postular a cualquier establecimiento que reciba aportes del Estado; en caso que cuenten con igual número de postulantes y vacantes, todos los estudiantes podrán ingresar automáticamente.
En 2020ningún colegio con fondos públicos podrá seleccionar a sus alumnos
De no haber cupos suficientes, los establecimientos deberán usar un sistema de selección aleatorio que asegure que no habrá selección arbitraria y tendrán preferencia los hermanos de alumnos que ya estudian en el colegio en cuestión y los hijos de funcionarios.
Al año siguiente (2017- 2018), el sistema de no selección -también para los primeros niveles- se extenderá a otras cuatro regiones del país y al subsiguiente (2018-2019) a la totalidad del país. En 2020, en tanto, ninguno de los establecimientos escolares municipales y particulares subvencionados del país podrá seleccionar, en ninguno de los niveles.
Ley pone fin al lucro en el sistema escolar
La normativa establece, además, que a partir del 1 de marzo todos los recursos que aporta el Estado a los establecimientos se podrán utilizar sólo en fines educativos, por lo que no se podrán retirar utilidades. Para 2018, en tanto, todos los colegios que reciban aportes del Estado deberán estar organizados como entidades sin fines de lucro.
"Todos los sostenedores que reciban subvenciones o aportes regulares del Estado no podrán perseguir fines de lucro, y deberán destinar de manera íntegra y exclusiva esos aportes y cualesquiera otros ingresos a fines educativos. Asimismo, deberán rendir cuenta pública respecto de su uso y estarán sujetos a la fiscalización y auditoría de la Superintendencia de Educación", dice la ley.
Se terminan las expulsiones "arbitrarias"
La ley impide también la cancelación de la matrícula por rendimiento académico, esto significa que los alumnos tienen la oportunidad de repetir un curso en la enseñanza básica y otro curso en la enseñanza media, y no ser expulsados.
Tampoco se podrán efectuar expulsiones en medio de un año escolar, exceptuando faltas graves "que pongan en riesgo la seguridad de la comunidad escolar". Asimismo, la Superintendencia de Educación estableció que los colegios no podrán suspender a sus alumnos por criterios como la presentación personal o por falta de útiles escolares, por ejemplo, al no tener un texto adicional a los que entrega el Estado.
Recursos: se incrementa la SEP en un 20%
A partir del primero de marzo de este año, se incrementarán los recursos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP) en un 20%. De este modo, según el Mineduc, los alumnos de primero a sexto básico pasarán de recibir $47.236 a recibir $56.659, mientras que los alumnos de séptimo a cuarto medio pasarán de recibir $31.481 a $37.761.
Los colegios que ya cuentan con la SEP y son gratuitos podrán recibir una subvención para alumnos preferentes (SEP ampliada), cuyos valores serán de $23.618 para escolares de primero a sexto básico y de $15.740 para los de séptimo a cuarto medio.
Todos los establecimientos de educación especial y de adultos que sean sin fines de lucro, como los de educación general que estén en SEP y sean sin fines de lucro recibirán también, a partir de este año, el aporte por gratuidad que corresponderá a $5.809 por cada uno de sus alumnos.
Ministra Delpiano: " Por una falta no se puede suspender a un niño de clases"
Ante las críticas de algunos sostenedores de colegios particulares subvencionados -quienes señalan que la normativa podría atentar contra sus proyectos educativos, por ejemplo, al no poder suspender a un alumno por su presentación personal- la ministra de Educación Adriana Delpiano señaló que efectivamente "cuando una familia inscribe a su hijo en un establecimiento, adhiere a su proyecto".
No obstante, añadió que "lo que se ha estado señalando es que por una falta no se puede suspender un niño de clases. Existen otras maneras, habrá que llamar al apoderado, pero lo que no queremos es que los niños pierdan clases por cosas que son absolutamente superfluas".
"No es que estemos como ministerio determinando que los niños vayan como quieran, hay órdenes que tienen que respetarse, lo que no consideramos es que se pierdan clases y se suspenda a niños por cosas que muchas veces no dependen de él, sino de sus familias", dijo la ministra.