SANTIAGO.- Por 113 votos a favor, la Sala de la Cámara aprobó el proyecto que crea un nuevo tipo penal destinado a sancionar el acoso sexual en lugares públicos o de acceso público, enviando así la iniciativa al Senado.
De acuerdo al portal de la Cámara, el texto modifica el Código Penal definiendo que quien realice una acción sexual que implique un contacto corporal contra la voluntad de una persona mayor de 14 años y que provoque en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, sin que medie el contacto corporal con los genitales, será penado con presidio menor en su grado mínimo, es decir, desde 61 días a 540 días.
Además, se cometerá acoso sexual cuando abusivamente se realice en lugares públicos o de acceso público, "una acción sexual distinta del acceso carnal, que implique un hostigamiento capaz de provocar en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo".
Por otra parte, frente a actos de hostigamiento de carácter verbal o que se ejecuten por medio de gestos, se impondrá una multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual (UTM).
En caso de que el hostigamiento sea realizado a través de conductas físicas, por ejemplo, abordajes o persecuciones intimidantes o por medio de actos de exhibicionismo, obscenos o de contenido sexual explícito, la multa irá entre las 10 a 20 UTM.
Finalmente, si los estos actos ofensivos consisten en la captación de imágenes, videos o cualquier otro registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, la multa será de entre 5 a 10 UTM. Mientras que si el registro se divulga en los medios la sanción alcanzará entre 10 a 20 UTM.