SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes a penas de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en el delito de secuestro agravado de Graciela Mathieu, Erika Hennings, Braulio Barría, Patricia Jorquera Hernández y Cristián van Yurick, víctimas sobrevivientes del centro detención clandestina de Londres 38.
En fallo unánime (causa rol 1550-2015), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, Marisol Rojas y el abogado (i) José Luis López Reitze– modificó la tipificación del delito y elevó las penas que había dictado, en primera instancia, el ministro en visita Leoplodo Llanos, quien consideró que los hechos configuraban el delito de aplicación de tormentos.
"En el caso de los hechos acreditados en estos antecedentes, se dan dos variables ilegitimas; primero, la existencia de un centro de detención secreto y segundo, la aplicación de tormentos en la persona de quienes están privados de libertad. A tales acreditaciones fácticas, se agrega la inexistencia de probanza alguna que de indicios que la privación de libertad o su extensión en el tiempo hayan ocurrido dentro de un marco de legalidad, de conformidad a la normativa procesal penal vigente", sostiene el fallo en alzada.
"Por el contrario, las constataciones dan cuenta de actuaciones contra norma de la Dirección Nacional de Inteligencia y de los encartados en estos antecedentes, con los fines que la sentencia del grado expresa.
En consecuencia, tanto la privación de libertad que afectó a las víctimas de estos autos, la extensión de la misma, el lugar o recinto en que se les mantuvo cautivos, los apremios a que fueron sometidos y las condiciones de permanencia en él, fueron ilegítimos y sin derecho alguno a proceder en tal forma", detalla el dictamen.