SANTIAGO.- La Corte Suprema dictó sentencia en cuatro procesos por violaciones a los derechos humanos, ilícitos perpetrados entre 1973 y 1981 y que fueron investigados en primera instancia por los ministros en visita Mario Carroza, de la Corte de Apelaciones de Santiago, y Carlos Aldana, de la Corte de Apelaciones de Concepción.
En la primera sentencia, el máximo tribunal condenó al ex miembro del Ejército, Donato López, a la pena de 10 años y un día de presidio, como autor del homicidio calificado de Ramón Zúñiga Sánchez, ilícito perpetrado el 19 de octubre de 1973.
En el aspecto civil, la sala penal de la Corte Suprema ratificó la sentencia que condenó al Estado a pagar una indemnización de $40 millones de pesos a hermana de la víctima por daño moral.
En la etapa de investigación, el ministro Mario Carroza logró determinar que Ramón Zúñiga Sánchez fue ejecutado por personal militar que participó en allanamientos a la población La Pincoya de Conchalí.
En el segundo fallo, la segunda sala condenó al fisco a pagar una indemnización de $30 millones de pesos a la hermana de Luis Romero Rosales, ejecutado el 16 de octubre de 1973, en la población Lo Ferrer de Conchalí.
En el aspecto penal, el máximo tribunal ratificó la absolución de ex miembros de Carabineros al no determinarse, fehacientemente, la identidad de quién disparó en contra de Romero Rosales.
En tanto, en la tercera resolución, se condenó a tres miembros de la Central Nacional de Informaciones (CNI) como responsable del homicidio de Leandro Arratia Reyes, ilícito perpetrado el 18 de enero de 1981, en la comuna de Santiago.
La sala penal condenó a los ex agentes Álvaro Corbalán Castilla, Roberto Schmied Zanzi y José Aravena Ruiz a penas de 10 años y un día de presidio como autores del homicidio.
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar la suma total de $100 millones de pesos a familiares de la víctima.
En la etapa de investigación, el ministro Mario Carroza determinó que Leandro Arratia Reyes fue muerto el 18 de enero de 1981, en un falso enfrentamiento con miembros de la CNI, ocurrido frente al número 651 de la calle Ricardo Santa Cruz, de la comuna de Santiago.
En el cuarto fallo, el máximo tribunal condenó a Manuel Latorre Chacón a la pena de 3 años y un día de presidio, como autor del homicidio de Vasco Ormeño Gajardo, ilícito perpetrado el 28 de febrero de 1974, en el sector Chillancito de Concepción.
En la etapa de investigación, el ministro Carlos Aldana Fuentes logró determinar que Vasco Ormeño Gajardo fue ejecutado por personal de Carabineros, quienes lo sacaron desde su domicilio, en el sector Chillancito de Concepción, y su cuerpo fue dejado en la carretera que une esta ciudad con Penco.