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Caso LAN: ¿Qué es y cuáles son las penas del delito de cohecho transnacional que persigue el fiscal Montes?

La Fiscalía Centro Norte abrió en enero de 2014 una investigación por presuntas coimas a autoridades Argentinas. Sebastián Piñera declaró en la causa en calidad de testigo por su rol en el directorio de la aerolínea.

12 de Agosto de 2016 | 07:32 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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SANTIAGO.- Presuntos actos de cohecho transnacional es lo que desde enero de 2014 persigue el fiscal regional Centro Norte, Andrés Montes, contra todos quienes resulten responsables de supuestos sobornos en los cuales habría incurrido la aerolínea LAN para poder operar a través de una subsidiaria y optimizar sus rutas en Argentina.

Específicamente, se busca establecer la legitimidad del pago por US$ 1.150.000 que habría recibido el ex secretario de Transportes de Néstor Kirchner, Ricardo Jaime, entre los años 2006 y 2007 por parte de la empresa, hasta entonces chilena.

Para ello, el investigador ha realizado diversas diligencias que incluyen la toma de declaración de miembros y ex miembros del directorio -entre ellos el ex Presidente Sebastián Piñera, realizada en junio de 2014- e interrogatorios en Buenos Aires, los cuales se concretarán en las próximas semanas.

Pero, ¿qué tipo de actos se persiguen en particular? De acuerdo a lo establecido en el Artículo 251 bis del Código Procesal Penal, serán sancionados "el que ofreciere, prometiere o diere a un funcionario público extranjero, un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero, para que realice una acción o incurra en una omisión con miras a la obtención o mantención, para
sí u otro, de cualquier negocio o ventaja indebidos en el ámbito de cualesquiera transacciones internacionales".

Esta figura castiga, entonces, a quienes corrompen a funcionario públicos extranjeros, es decir, un particular le paga una coima un funcionario estatal de otro país para lograr beneficios.

En ese contexto, y de acuerdo a los tratados vigentes -especialmente las obligaciones que Chile tiene con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)- es que estos hechos se persiguen no solo contra particulares, sino también contra personas jurídicas.

Lo anterior, luego que entrara en vigencia en 2009 la norma de la Ley 20.393 -sobre responsabilidad penal de las mismas- que establece que la sanción no sólo será al infractor, sino que también para la empresa beneficiada.

Penas


Respecto a las penas que arriesgan el caso de particulares, estas corresponden a reclusión menor en su grado medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años, las cuales podrían ser cumplidas en libertad si el condenado cuenta con atenuantes para optar a beneficios carcelarios.

Mientras que en el caso de la persona jurídica, se aplicarán penas correspondientes a la disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica, la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un período determinado, y una multa a beneficio fiscal.
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