SANTIAGO.- Con la entrada en vigencia la ley corta antidelincuencia se modificó también la Ley de Tránsito (18.290), específicamente en su artículo 168, que dice relación con los choques sin lesionados. En ese cambio se señala que las compañías de seguro ya no solicitarán la constancia legal ante Carabineros para dar curso a los pagos.
Según detallaron desde la Asociación de Aseguradores de Chile "el cambio legal sólo apunta a que las compañías de seguros ya no solicitarán la constancia ante Carabineros".
Para eso, ahora las compañías de seguro dispondrán de un formato de "Declaración Jurada", el que les llegará por vía electrónica o físicamente a los usuarios y que no será necesaria que esta pase por ante notario.
"El espíritu apunta a liberar de ciertas funciones administrativas a Carabineros, porque, cuando hay un accidente de tránsito, las partes están contestes y solo se debe realizar la constancia para el efecto del seguro, no tiene razón de que se haga frente a los funcionarios policiales", señaló el presidente de la comisión de Constitución, Pedro Araya (Ind.) a
El Mercurio en marzo pasado.
Sin embargo, desde la asociación precisaron que la ley no ha modificado la obligatoriedad de dar cuenta a Carabineros de un accidente donde se produzcan daños.
"El cambio legal sólo se relaciona con que la compañía no puede pedir la constancia para acreditar el accidente. Sin embargo, la ley no exime la responsabilidad del conductor o involucrado, de dar cuenta a la entidad policial", señalaron.
El artículo modificado señala que "en todo accidente de tránsito en que se produzcan daños, el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima. Se presumirá la culpabilidad del o de los que no lo hicieren y abandonaren el lugar del accidente".
En la misma ley también se precisa que ahora, los involucrados en el accidente, para poder hacer efectivos los seguros tanto en daños a terceros o propios, el asegurado deberá informar a la compañía mediante una declaración jurada simple y la compañía no podrá exigir constancias.