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Sumario concluye que fiscal Arias no infringió la reserva del caso Corpesca en entrevista

La investigación interna que llevó adelante el fiscal regional Centro Norte, Andrés Montes, estableció que su par de la región de O´Higgins, no cometió una infracción, por lo que resolvió no levantar cargos en su contra. Ello fue confirmado por Jorge Abbott.

07 de Octubre de 2016 | 11:54 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- El sumario iniciado contra el fiscal regional de O´Higgins Emiliano Arias, concluyó que el abogado no infringió la reserva del denominado caso Corpesca en una entrevista al diario La Tercera, que derivó en su salida de la causa y una investigación administrativa en su contra.

Según estableció su par de la zona Centro Norte, Andrés Montes -a cargo de la indagatoria- si bien Arias "fue imprudente" y su actuar "inadecuado", no cometió una infracción al artículo 64 de la Ley Orgánica que señala que "los fiscales deberán abstenerse de emitir opiniones y dar a conocer antecedentes de investigaciones a su cargo a terceros ajenos a la investigación, fuera de los casos previstos en la ley o en las instrucciones impartidas por el fiscal nacional".

Por ello, resolvió no levantar cargos en su contra, lo que fue ratificado por el fiscal nacional Jorge Abbott, tras revisar las conclusiones que le fueron entregadas ayer tras casi dos meses de indagatorias.

De esta manera, el jefe regional de O´Higgins fue sobreseído y no será sancionado respecto a su dichos al medio de comunicación, donde aseguró que las aristas de su investigación podrían "involucrar a otras empresas -además de la del grupo Angelini- en casos de financiamiento irregular a la política", y afirmó que "La Ley de Pesca es una ley en cuya formación se cometieron delitos" y que en el proceso de su formación hay corrupción.

El inicio de un sumario en su contra generó que el fiscal decidiera presentar un recurso de protección contra su superior por estimar que fue una acción ilegal y arbitraria.

La acción penal, además, fue declarada inadmisible por el tribunal de alzada, lo que fue confirmado por la Corte Suprema.

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