Ciudadanos chilenos, mayores de 18 años, que no han sido condenados a pena aflictiva.
Extranjeros que llevan más de cinco años viviendo en el país o nacionalizados por gracia.
Condenados a pena aflictiva.
Personas interdictas por demencia.
Quienes hayan perdido la nacionalidad chilena.
Quienes hayan sido sancionados por el Tribunal Constitucional por promover partidos o movimientos que no respeten el régimen democrático.
Cédula de identidad (chilenos o extranjeros) o pasaporte (sólo chilenos).
Se aceptan documentos vencidos durante los 12 meses anteriores a la elección.
No sirve un comprobante de cédula en trámite.
El local correspondiente a cada votante es informado a través del sitio del Servicio Electoral (www.servel.cl).
El lugar es determinado en base al último domicilio informado en el Registro Civil o el Servel, pero tras los numerosos casos reportados acerca de cambios arbitrarios, se recomienda volver a revisar con antelación.
Los empleadores no pueden exigir que un trabajador no vaya a votar. Tampoco pueden descontar remuneración a quienes vayan a votar.
También deben conceder permiso a los trabajadores designados como vocales de mesa.
En el caso de labores que deben ejercerse ese día (servicios de salud, por ejemplo), los trabajadores pueden ausentarse por un lapso de dos horas para ir a votar.
Si tu empleador no te permite ir a votar, se puede dejar una denuncia en la inspección del trabajo o ante el juzgado de policía local.
Las mesas empiezan a constituirse a las 8:00 horas.
La votación culmina a las 18:00 horas, aunque una mesa no puede cerrar mientras existan electores presentes con deseos de sufragar.
Fomentar escándalos.
Hacer propaganda política.
Impedir o dirigir el voto de otro.
Presentarse en estado de embriaguez.
Hacer público el voto en el acto electoral o sacarle fotografías.
Portar armas.
Los votantes ciegos cuentan con una plantilla especial.
Las personas discapacitadas pueden asistir a votar acompañados de un mayor de edad.