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El complejo y difuso escenario que rodea la detención de Garay en Rumania: defensa recurre de amparo

Interpol levantó una alerta roja sin contar con autorización de la Corte de Apelaciones, que es la única autoridad competente en Chile para ello.

23 de Noviembre de 2016 | 16:30 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Complejo es el escenario que rodea la detención de Rafael Garay en Rumania, que se concretó el viernes de la semana pasada a través de la policía de ese país.

Ello porque en Chile, oficialmente, no existe un requerimiento formal respecto a la solicitud de su extradición para que enfrente en el país un proceso penal -por presuntos delitos de estafas que bordean los $1.800 millones-, ya que recién mañana podría ser formalizado en ausencia e iniciarse, de esta manera, el proceso para solicitar la entrega del ingeniero comercial.

De acuerdo a la información de la policía de Brasov, Garay fue capturado tras la alerta roja enviada por autoridades chilenas y no por algún delito que haya cometido en el país europeo, donde permanece desde hace dos meses.

Dicha alerta solo puede ser emitida una vez que la Corte de Apelaciones -en caso que mañana el juzgado de garantía decrete la prisión preventiva de Garay y eleve los antecedentes al tribunal de alzada- acepte pedir la detención previa con fines de extradición del imputado, ya que es la única autoridad competente en Chile que puede requerirla a Rumania, a través de la Cancillería.

El hecho que la policía se adelantara a las resoluciones judiciales dio pie para que el defensor público Claudio Aspe -en representación de Garay- decidiera presentar hoy un recurso de amparo, argumentando la ilegalidad de la detención del ingeniero.

Lo que dice la Ley


Según está establecido en el artículo 434 del Código Procesal Penal, "durante la tramitación de la extradición, a petición del fiscal o del querellante que la hubiere requerido, la Corte de Apelaciones podrá solicitar del Ministerio de Relaciones Exteriores que se pida al país en que se encontrare el imputado, que ordene la detención previa de éste o adopte otra medida destinada a evitar la fuga de la persona cuya extradición se solicitará, cuando el juez de garantía hubiere comprobado la concurrencia de los requisitos que admitirían decretar la prisión preventiva u otra medida cautelar personal".

"La solicitud de la Corte de Apelaciones deberá consignar los antecedentes que exigiere el tratado aplicable para solicitar la detención previa o, a falta de tratado, al menos los antecedentes contemplados en el artículo 442", es decir, aquellos que sustentan la orden de detención doméstica, que ordena la captura del imputado en caso que éste ingrese al país.

Lo que dice el instructivo de la Fiscalía Nacional

La misma línea sigue el instructivo de la Fiscalía Nacional -del 5 de septiembre de 2014- que establece que "en los casos en que el fiscal respectivo haya adoptado la decisión de solicitar la extradición activa y detención previa de un imputado ante el Juzgado de Garantía respectivo, y exista una orden judicial de detención (artículo 127 del Código Procesal Penal) decretada en contra del imputado en esa causa, podrá solicitar a la UCIEX -Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones- que coordine y solicite a Interpol el registro computacional de una 'difusión roja'".

"En estos casos, el fiscal deberá solicitar tan pronto sea posible, la extradición activa del imputado ante el Juzgado de Garantía competente, requiriendo ante la Corte de Apelaciones respectiva, la 'detención previa' del imputado (artículo 343 del Código Procesal Penal)".

Y según el artículo 82 de la normativa de Interpol, "las notificaciones rojas se publicarán a petición de una Oficina Central Nacional o de una entidad internacional dotada de competencias en materia de investigación y enjuiciamiento penal para solicitar la localización de una persona buscada, y su detención o limitación de desplazamientos con miras a su extradición, entrega o aplicación de otras medidas jurídicas similares".

Ello, siempre y cuando "la autoridad que ha expedido la orden de detención o dictado la resolución judicial, esté facultada para ello", o bien "la solicitud de notificación roja se ha hecho en coordinación con las autoridades pertinentes responsables de las extradiciones, y se han dado garantías de que se solicitará la extradición tras la detención de la persona buscada".

Ley rumana

Por último, desde que se produjo la detención de Rafael Garay en Rumania el viernes, comenzó a correr el plazo de 40 días para que Chile formalice el pedido de extradición, ya que de acuerdo a las leyes de ese país, la detención -que tiene su origen en una difusión roja de Interpol- equivale a una detención previa con fines de extradición.

Todos estos antecedentes fundan el recurso de amparo que será revisado en los próximos días por la Corte de Apelaciones de Santiago, que finalmente deberá resolver si la detención del chileno se ajusta a derecho o bien, se vulneraron sus garantías constitucionales.
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