Maximiliano Ferrer se encuentra recluido en el penal Punta Peuco.
El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el interno del penal Punta Peuco Maximiliano Ferrer Lima, a quien se le denegó el beneficio intrapenitenciario de salida dominical.
En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Leopoldo Llanos, Gloria Solís y Elsa Barrientos– descartó infracción de ley en la resolución que le negó el beneficio al coronel (r) y ex jefe de la DINE, condenado como autor intelectual del asesinato del ex presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, Tucapel Jiménez Alfaro, cometido en 1982.
"Como se ha señalado, es facultad privativa del Jefe de Unidad acceder a la pretensión de los permisos contemplados en el artículo 96, debiendo, el Consejo Técnico y en todo caso el Jefe del Establecimiento, la gravedad de los delitos cometidos; la gravedad de la pena asignada al delito; el número de delitos que se imputaren, entre otros, de acuerdo lo establece el artículo 109 del Decreto 518 ya citado. A lo anterior ha de sumarse la gravedad de los delitos, entendiéndose que son especialmente graves, aquellos perpetrados en el contexto d violaciones a los Derechos Humanos por agentes del Estado o por personas o conjunto de personas que actuaron con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, de conformidad lo establece la disposición contenida en el artículo 109 bis del Decreto 518", sostiene el fallo.
La resolución agrega que "(…) en el caso que nos ocupa el organismo técnico ha señalado que de parte del solicitante no ha existido arrepentimiento ni colaboración, en los términos del artículo 109 ter del Decreto 518, y nada altera lo resuelto, la reiteración de la solicitud planteada, siendo como se ha dicho, facultad del Jefe del Establecimiento, no vislumbrándose entonces vulneración alguna de las garantías constitucionales invocadas".