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Suprema acoge recurso presentado por vecinos por acceso a playa de Laguna Verde

El máximo tribunal estableció que empresa que instaló un portón en el balneario Las Docas tuvo un actuar arbitrario.

14 de Febrero de 2017 | 12:46 | Emol
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SANTIAGO.- La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por junta de vecinos del sector de Laguna Verde en Valparaíso, en contra de empresa que cerró acceso a la playa Las Docas.

En fallo unánime (causa rol 65.337-2016), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y los abogados (i) Jorge Lagos y Arturo Prado– acogió la acción cautelar presentada por la Junta de Vecinos N° 27 de Laguna Verde en contra de la empresa Comercializadora Los Pinos S.A. que instaló un portón que impide el libre acceso a la playa.

La sentencia del máximo tribunal establece el actuar arbitrario de la empresa al construir la estructura que no permite el libre paso de los recurrentes al balneario, un bien nacional de uso público.

"De acuerdo al mérito de los informes allegados (...) el actuar de la recurrida Comercializadora Los Pinos S.A. importa alterar una situación de hecho aceptada por ella e implica una acción de autotutela, que deja en una precaria situación a los recurrentes, quienes se han visto impedidos de acceder libremente a un bien nacional de uso público como es playa Las Docas, con lo que se ha quebrantado lo estatuido en el artículo 589 del Código Civil", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "en estas condiciones, ha quedado de manifiesto que la ilegal actuación descrita ha vulnerado la garantía constitucional del numeral 2° del artículo 19 de la Carta Fundamental, toda vez que la recurrida, Comercializadora Los Pinos S.A., al alterar una situación de hecho preexistente e incursionar en materias que, por su naturaleza, corresponden al ámbito jurisdiccional, ha impedido con su actuación que los actores accedan a un bien nacional de uso público".

La sentencia concluye señalando que "se revoca la sentencia apelada de 26 de agosto de 2016 y, en su lugar, se acoge la acción constitucional de protección deducida por el Presidente de la "Junta de Vecinos N° 207 de Laguna Verde".

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