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Suprema autoriza expulsión del país de sacerdote O'Reilly tras condena por abuso a menores

El máximo tribunal rechazó un recurso presentado por el religioso irlandés en contra de la decisión del Ministerio del Interior, que ordenó que abandone el país una vez que cumpla su pena.

03 de Mayo de 2017 | 16:20 | Emol
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Tras el caso de abuso a menores, el Congreso le quitó a John O'Reilly la nacionalidad por gracia.

El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- La Corte Suprema autorizó que el sacerdote irlandés John O'Reilly sea expulsado del país una vez que cumpla la pena de cuatro años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por el delito de abuso sexual de menores.

En un fallo unánime, la tercera sala del máximo tribunal rechazó el recurso de protección que había presentado el sacerdote en contra de la decisión del Ministerio del Interior, revocando así la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había acogido dicho recurso.

De acuerdo a la resolución del máximo tribunal, no existe un actuar arbitrario de parte del Ministerio del Interior al decretar la expulsión del país del sacerdote, a quien el Congreso le quitó la nacionalidad por gracia que se le había concedido.

La controversia radicaba en que, antes de obtener la nacionalidad por gracia, el sacerdote, en su calidad de extranjero, contaba con la autorización de permanencia definitiva en Chile.

Sin embargo, el fallo de la Corte Suprema señala que, al otorgársele la nacionalidad por gracia, "el permiso de permanencia definitiva quedó sin efecto" y que, una vez que se le quitó la nacionalidad y volvió a ser un ciudadano extranjero, este permiso de permanencia definitiva no "revivió".

"No es efectivo que la autorización de permanencia definitiva otorgada en el año 1985 'reviviera', toda vez que ella expiró al nacionalizarse el actor", dice el fallo. Agrega que "desde la revocación de la nacionalidad concedida por gracia (...) la situación migratoria del actor pasó a ser la de un extranjero que reside en Chile sin permiso de residencia definitiva, cuestión que implica que una vez que aquél cumpla la condena debe hacer abandono del país".
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