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¿Puede ser ejercido por agentes del Estado? Expertos explican qué se entiende por terrorismo

Luego de las declaraciones del candidato presidencial Alejandro Guillier, se abrió el debate. ¿Qué características debe tener un acto para ser considerado con la denominación de "terrorista"?

27 de Mayo de 2017 | 19:01 | Por Consuelo Ferrer, Emol
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Mario Quilodrán
SANTIAGO.- "En Chile hay violencia aguda, es grave, pero no responden al patrón de terrorismo", dijo el viernes el senador y candidato presidencial del PR, PS, PPD y PC, Alejandro Guillier, sobre el ataque incendiario a siete camiones ocurrido en La Araucanía. "El terrorismo es ejercido por agentes del Estado", agregó el abanderado del oficialismo.

Sus afirmaciones abrieron el debate. "Según Guillier los actos terroristas sólo lo cometen agentes del Estado. Es increíble que un candidato presidencial sea tan ignorante", disparó el senador Alberto Espina (RN) a través de Twitter.

Pero ¿quién tiene la razón? ¿Qué se entiende por terrorismo? ¿Puede ejercerlo un Estado?

Según la ley 18.314 que determina conductas terroristas, el terrorismo aparece cuando los hechos se cometen "con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados, sea por la evidencia de que obedece a un plan premeditado de atentar contra una categoría o grupo determinado de personas, sea porque se cometa para arrancar o inhibir resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias".

Para el director ejecutivo de Fundación Ciudadano Seguro, David Rozowski, la intención de causar terror es una condición necesaria, pero no suficiente. "Son grupos clandestinos que realizan hechos de connotación social donde se causa terror, donde puede haber heridos, que prohíba el libre desplazamiento de las personas", aseguró a Emol.

"No necesariamente tiene que tener una autoría declarada, pero sí es necesario saber cuál es el fin. Si el fin es matar a alguien por una rencilla entre dos bandos de narcotráfico, eso no es terrorismo. Acá estamos hablando de querer amedrentar a la población, hacer daño", agregó.

Mauricio Heise, especialista en análisis del fenómeno terrorista, está de acuerdo, pero con una diferencia: piensa que la ley chilena comete un error conceptual. "El acento está puesto en la finalidad de causar temor y eso es erróneo. Por supuesto que el terrorismo causa temor, pero la finalidad siempre es política, ideológica o religiosa, y eso diferencia al terrorismo de la delincuencia común. Aquí no hay robo: se usan los actos de violencia para fijar la atención de la sociedad en una determinada causa", explicó.

Señala también que no hay un consenso respecto a un único concepto que defina internacionalmente el terrorismo. "Existen alrededor de 200 definiciones, todas en uso, pero no existe una universalmente aceptada ya que muchas veces depende del lado desde donde se mire un acto", añadió Heise.

"Para mí el terrorismo es la ejecución sistemática de acciones puntuales de violencia con fines políticos, religiosos o ideológicos para influir sobre determinadas audiencias. Más importante que la adjudicación del hecho es la intencionalidad, la motivación que te hace generar ese acto de violencia. Acá el uso de la violencia es para alcanzar fines específicos", sintetizó Heise, quien cuenta con un Máster en Estudios sobre Terrorismo de la Universidad Internacional de La Rioja.

Cuando el Estado quiere provocar terror

Para Heise, lo que el senador Alejandro Guillier describe no es terrorismo. "Ante todo es una táctica, una forma de lucha, independiente de si esa la lucha es legítima o no. Generalmente es empleada por grupos clandestinos no-estatales, porque cuando es el Estado quien emplea esta táctica, deja de ser terrorismo y pasan a ser crímenes de lesa humanidad", aseguró.

Sobre eso, el mayor (r) de Carabineros Sidney Houston, coautor del plan cuadrante, es más enfático: "La pregunta es: ¿los agentes del Estado pueden provocar terrorismo? La respuesta es no, porque responden al Estado. Cuando los agentes del Estado provocan terror, cometen una actitud ilícita -por ejemplo la DINA, la CNI- y están cometiendo delitos en su calidad de agentes del Estado, por eso se les juzga por crímenes de lesa humanidad", puntualizó a este medio.

"El terrorismo no lo asume un Estado, siempre va a ser de grupos que viven dentro de un Estado, pero no participan directamente de él, y donde su objetivo es provocar terror", finalizó.
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