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Contraloría rechaza por segunda vez decreto que nombraba a notarios: "No se ajusta a derecho"

El organismo que encabeza Jorge Bermúdez volvió a objetar el documento del ex ministro Jaime Campos. En tanto, el gremio celebró la decisión, pues era una "ilegalidad manifiesta".

26 de Marzo de 2018 | 16:21 | Redactada por Juan Peña, Emol
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El ex ministro de Justicia.

Agencia Uno
SANTIAGO.- El documento N° 6.945 de la Contraloría General de la República con fecha 12 de marzo de 2018 -publicado en los últimos días- contiene una frase que constituye un portazo a la decisión del ex ministro Jaime Campos de designar a nuevos notarios: "No se ajusta a derecho".

Se trata del decreto supremo N° 65 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el que el ex secretario de Estado nombraba como notario, entre otros, al ex fiscal del caso Caval Luis Toledo, decisión que desató una serie de críticas.


Según reconoció después el propio ex secretario de Estado, la opción del ex persecutor jefe de la Región de O'Higgins emergió debido a "instrucciones superiores", polémica que terminó con la decisión del actual Gobierno de retirar su nombre y, en paralelo, con la renuncia a la designación del propio abogado.

La resolución de la Contraloría, que encabeza Jorge Bermúdez, sostiene que "ha debido abstenerse de dar curso al acto administrativo de la suma, mediante el cual se convalida el decreto exento N° 1.515, de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -que crea, separa, fusiona y numera cargos de notarios conservadores, archiveros y receptores judiciales en las cortes de apelaciones que señala-, por cuanto no se ajusta a derecho".

Ante ello, la Asociación Chilena de Notarios, Conservadores y Archiveros que había manifestado sus cuestionamientos a la decisión de Campos, destacó hoy el dictamen de la Contraloría.

"La Contraloría ha acogido los planteamientos que reiteradamente hicimos, en el sentido de que tanto el Decreto Exento 1515, como el convalidatorio 65, que buscaba como su nombre lo indica tratar de arreglar una situación de ilegalidad manifiesta, eran contrarios a la Constitución y a la Ley. Por tanto carecen de toda eficacia jurídica", destacó el abogado que representa a la agrupación, Juan Carlos Manríquez.

El jurista agregó que "bajo ese punto de vista, evidentemente la postura de la asociación ha sido reconocida por los órganos de control de legalidad, y ha quedado en evidencia que lo que contenían esas disposiciones era una acción contraria a la Constitución y a la Ley, y, por tanto, han sido declaradas nulas".

Con esto, aseguró, "la creación de nuevos cupos y cargos que propuso el ex ministro Campos quedó en nada y todos los concursos que fueron abiertos y ganados por algunos abogados, serán revisados a nivel regional por las Cortes de Apelaciones y también por la Corte Suprema".

El gremio celebró así el dictamen de la Contraloría firmado por Bermúdez, que en el último párrafo dice: "En mérito de lo expuesto, se representa (rechaza) el acto administrativo del rubro".

El dictamen de Contraloría


En el dictamen que la Contraloría publicó en su página web se lee también que dicho decreto supremo dispone, en su considerando N° 4, que las separaciones y fusiones de los cargos de notarios y conservadores efectuadas mediante el citado decreto, firmado por Campos "por orden de la Presidenta de la República", "se habrían amparado en la delegación de facultades contenida en el decreto N° 924, de 1981, del entonces Ministerio de Justicia y que, por ende, la adopción de tales medidas se enmarcaría dentro del ámbito de atribuciones del aludido ministro".

Agrega que "no obstante lo anterior, resulta conveniente precaver eventuales litigios sobre el referido acto administrativo fundadas en la aparente ausencia de las facultades enunciadas precedentemente".

El organismo contralor añade que "cabe reiterar lo sostenido en el dictamen N° 3.177, de 2018, en orden a que el Código Orgánico de Tribunales otorga atribuciones al Presidente de la República para separar y fusionar los referidos cargos, y que la delegación al ministro del ramo contenida en el consignado decreto N° 924, de 1981, dice relación únicamente con la fusión y separación, por una parte, de los cargos de secretario y notario; y por otra, de los cargos de conservador y archivero judicial, no siendo dable hacerla extensiva a la fusión y separación de los cargos de notario y conservador, por no disponerlo así".
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