Jonathan Mancilla, El Mercurio.
SANTIAGO.- El jueves pasado fue ingresado al Senado el texto con la indicación sustitutiva a la ley antiterrorista, el que será público mañana.
La propuesta, a la cual tuvo acceso de manera íntegra "
El Mercurio", se divide en modificaciones relativas a los delitos terroristas; cambios sobre los procedimiento; reglas de protección de testigos, peritos, agentes encubiertos y cooperadores, entre otros aspectos.
Constituirán delitos terrorista cuando el hecho se lleve a cabo concurriendo al menos una de las circunstancias siguientes: "Con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie; para "desestabilizar el orden institucional democrático"; "arrancar o inhibir resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias"; y "obedeciendo a un plan determinado de atentar contra una categoría o grupo determinado de personas".
Complementa ese catálogo lo señalado en el artículo 2°, en orden a que constituirán delitos terroristas -entre otros-, el "apoderarse o atentar en contra de vehículos de transporte o de carga previstos en el artículo 341 bis del Código Penal; el de colocar, enviar, activar, arrojar, detonar, disparar o hacer explosionar bombas o artefactos explosivos, químicos, incendiarios, tóxicos, corrosivos o infecciosos, así como el de enviar cartas o encomiendas explosivas, químicas, incendiarias, tóxicas, corrosivas o infecciosas".