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Intendencia decreta segunda alerta ambiental del año para la RM

Junto con la prohibición del uso de leña, habrá restricción. Sepa los dígitos que no podrán circular en la capital y en el anillo Américo Vespucio.

14 de Mayo de 2018 | 20:57 | Emol
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Héctor Yáñez, El Mercurio
SANTIAGO.- Debido a las malas condiciones de ventilación, la intendencia decretó para este martes la segunda alerta ambiental del año en la Región Metropolitana (RM).

Para estos casos, la restricción de vehículos que no pueden circular en toda la RM o en cierto sectores de la capital es la siguiente:

Restricción permanente para autos con sello verde: Se mantiene la restricción de 1 dígito en el interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, a los vehículos inscritos en el registro nacional de autos antes del 1 de septiembre del año 2011 (entre 07:30 y 21:00 horas). Esto afecta a las patentes terminadas en 9.

Restricción permanente para autos sin sello verde y motos: No pueden transitar los vehículos inscritos anteriores al
año 2002 al interior del anillo Américo Vespucio. Y se mantiene la restricción de 4 dígitos fuera del anillo, pero dentro de la Provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto /entre 07:30 y 21:00 horas). Esto afecta a las patentes terminadas en 4-5-6-7.

Restricción permanente para motos
: Se mantiene la restricción de 2 dígitos al interior del anillo Américo Vespucio para la circulación de motocicletas y similares inscritas entre el año 2002 y el 1° de septiembre del año 2010 (entre 07:30 y 21:00 horas). Esto afecta a las patentes terminadas en 2 y 3.

Restricción permanente a vehículos de transporte de carga sin sello verde: Se mantiene en 4 dígitos para la circulación al interior del Anillo Américo Vespucio (entre 10:00 y 18:00 horas). Esto afecta a las patentes terminadas en 4-5-6-7. No hay restricción para transporte de carga con sello verde.

También rige la prohibición de uso de calefactores y cocinas a leña (excepto pellets) en toda la Región Metropolitana. El plan contempla para esta medida dos zonas. La A, con las comunas de la Provincia de Santiago, además de San Bernardo y Puente; y la B, con las comunas de las Provincias de Chacabuco, Cordillera, Talagante, Melipilla y Maipo.

Además, se reiteró la prohibición de hacer quemas agrícolas en toda la Región Metropolitana entre el 15 de marzo y el 30 de diciembre.
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