SANTIAGO.- Hoy comienza a regir la Ley 21.070 de
Residencia y Permanencia en Rapa Nui, la cual regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde la isla.
La motivación que tuvo el Gobierno para impulsar esta legislación fue la siguiente: "Durante la última década, el crecimiento de la población en Rapa Nui ha sido señalado como el responsable del deterioro en la calidad de los servicios básicos, el manejo de residuos, el estado medioambiental y la contaminación de los océanos".
Según cifras de la Subsecretaría de Turismo entregadas a
Emol, son
100.000 las personas que visitan el territorio insular anualmente.
El Censo 2017, por su parte, apunta que los habitantes en la isla son 7.750 y que éstos crecieron en un 105% en los últimos 15 años.
Esta mañana, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, abordó el primer vuelo que debe cumplir con la ley. "Los chilenos y todos los extranjeros podremos ir a Rapa Nui solamente de turismo por 30 días, excepto aquellos que cumplen funciones públicas o que son casados, hijos, parientes directos de rapa nui", explicó.
Y la ministra de Medio Ambiente, Marcela Cubillos, también lo hizo: "se da inicio a un trabajo de mejoramiento, de descompresión ambiental de la isla y en base a eso vamos a poder hacer un plan de gestión con datos específicos y poder avanzar en el manejo de residuos y toda la sobrecarga ambiental".
Ambas autoridades serán recibidas por el Presidente Sebastián Piñera, quien se encuentra en el lugar participando también de otras actividades.
Carga demográfica
La División de Gobierno Digital, dependiente del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, declara la carga demográfica como "un decreto supremo" mandatado por los Interior y Medio Ambiente, para establecer la capacidad poblacional del territorio.
"Eso significa determinar un máximo de población que puede haber en Rapa Nui para que no colapsen sus servicios y no sea afectada negativamente la vida de sus habitantes", define el organismo.
En la confección de dicho estudio se deberá considerar las capacidades locales existentes en el territorio pascuense y debe realizarse cada cinco años para luego ser publicado en el Diario Oficial.