EMOLTV

Tribunales dictan 35 medidas de alejamiento contra menores por día: La mayoría es por robos y lesiones

Entre 2010 y 2017 se decretaron 101.890 de estas cautelares a adolescentes, según el Poder Judicial. Y mientras estas medidas se mantuvieron estables en dicho periodo, en el caso de los adultos hubo un aumento del 88%.

13 de Agosto de 2018 | 08:10 | Por Tamara Cerna, Emol
imagen

El centro de justicia de Santiago.

El Mercurio.
SANTIAGO.- Un grupo de cinco adolescentes formalizados por robo en lugar habitado; dos menores, de 15 y 17 años, detenidos por receptación; y tres jóvenes, de entre 14 y 17 años, atrapados por robo con violencia e intimidación.

Estos hechos, que ocurrieron en distintas partes del país durante los últimos años, comparten algo en común: en todos se decretó como medida cautelar la prohibición de acercarse a la víctima o al recinto afectado.

Sus casos forman parte de los 101.890 en que tribunales de primera instancia dictaron medidas de alejamiento contra menores infractores entre 2010 y 2017, según cifras enviadas por el Poder Judicial a Emol vía Ley de Transparencia.

La cifra, equivale a casi 35 cautelares al día, las que consideran la prohibición de ir a ciertos lugares o espectáculos públicos (13.814); además del impedimento de acercarse al ofendido, su familia y, en su caso, la obligación de abandonar el hogar en común (87.433), así también como en el contexto de violencia intrafamiliar (643).

Principales delitos de los infractores


Según explica a este medio el abogado del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública (DPP), Alejandro Gómez, son distintos los aspectos que entran en juego para decidir qué medida cautelar dictar.

"El alejamiento se dicta cuando es necesario evitar contacto con la víctima, pero no siempre estas circunstancias se dan. Por ejemplo, en un robo en la calle no hay mucha posibilidad que el imputado conozca el domicilio de la víctima", indicó.

Y bajo esa línea, agregó: "Las circunstancias modelan la cautelar que se pide y hay que entender que la prisión preventiva o internación provisoria deberían ser la última alternativa. Lamentablemente los criterios son medios dispares entre tribunal y tribunal".

De acuerdo a la información enviada, los principales delitos por los que se decretan estas medidas restrictivas son por robo con intimidación (9.897), con violencia (8.638), en lugar habitado (8.026); además de receptación (6.848) y lesiones con distintos niveles de gravedad (9.681).

En tanto, hurtos y amenazas van desde los cinco mil a los seis mil casos cada uno.

643menores formalizados por delitos de violencia intrafamiliar tuvieron que alejarse de un familiar o abandonar el hogar en común como medida cautelar.
Ante esto, el abogado explicó que solicitar una internación provisoria en alguno de los centros del Sename procede solo cuando al adolescente se le imputa una conducta que para adultos tenga una pena de crimen, es decir, superior a los 5 años y un día.

"La internación está determinada por la gravedad del delito, pero el hecho que sea un crimen no significa que obligatoriamente se vaya a dar, porque hay que demostrar que es la única medida adecuada para asegurar los fines del procedimiento", señaló el abogado, agregando que también se considera, por ejemplo, si es que el infractor es primerizo.

Un caso particular constituyen aquellos ilícitos en contexto de violencia intrafamiliar, respecto los cuales, aseguró Gómez, "hay cierta reticencia al pedir u otorgarla, porque un niño no siempre tiene dónde ir". De hecho, el Poder Judicial solo registró 643 casos en ocho años.

En esta línea, la abogada y directora de la Carrera de Derecho en la Universidad Diego Portales, Alejandra Mera, señaló que: "En la misma audiencia los jueces deberían tener antecedentes necesarios para tomar mejores decisiones, debería el sistema defensor y el mismo tribunal tratar de generar la información para encontrar manera de que esta persona salga a un lugar con necesidades necesarias.

El choque con la prisión preventiva


Ambos abogados señalan que tanto la prisión preventiva y la internación provisoria deberían ser el último recurso y, en particular, en las situaciones que involucren adolescentes.

De acuerdo a Mera, "en general en Chile la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente no tiene muchos grados de especialización respecto a los adultos; es, de hecho, casi la misma regulación solo que tienen nombres diferentes. La lógica diría que como son menores debería haber un porcentaje menor privados de libertad".

En cuanto a los adultos, entre 2010 y 2017 se dictaron 619.267 de estas cautelares. A diferencia de los menores, cuyos casos se mantuvieron relativamente estables durante el periodo, estos pasaron de 52.737 a 99.047, lo que implica un aumento del 88%. Así también, lideran la lista los mismos delitos ya señalados.

"Este es el camino por el que hay que seguir. El tema es que en Chile ocurren dos problemas en esta materia", señaló Mera. El primero, continuó, es que "no se ha creado un sistema serio de control de medidas cautelares, por lo tanto los jueces en general no pueden dictarla con la tranquilidad que se vayan a cumplir".

Y el otro, agregó, es el aumento que ha habido en cuanto a los privados de libertad en los últimos años de la Reforma Procesal Penal. Según un informe de Gendarmería presentado a fines del año pasado, la cifra de condenados presos cayó, mientras que la de los imputados en prisión creció en un 20% respecto a 2014.

"El Estado tiene que establecer un sistema serio para imponer y cautelar esta medida; es su deber garantizar esto y así no tener que optar por el camino fácil que es enviarlos a todos presos o centros de internación", concluyó la abogada.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?