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Tribunal condena a Mauricio Ortega a pagar 150 millones a Nabila Rifo por la brutal agresión que la dejó ciega

En el fallo se describen las complejidades que ha tenido la víctima para adaptarse a la situación en que quedó luego de que Ortega la golpeara en mayo de 2016.

14 de Agosto de 2018 | 12:30 | Por Equipo de Actualidad, Emol
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Mauricio Ortega.

El Mercurio/Archivo.
Santiago.- El Primer Juzgado de Letras de Coyhaique acogió la demanda civil de indemnización presentada por Nabila Rifo y condenó a Mauricio Ortega, el hombre que la agredió violentamente en 2016 haciéndole perder la vista, a pagarle una indemnización de $150.000.000 por daño moral.

En el fallo, la magistrada Dalia Illezca acogió la demanda civil, tras dar por establecido los daños físicos y sicológicos causados a la víctima. Además condenó en costas a Ortega Ruiz.

"Se encuentra suficientemente acreditado en autos que la demandante, Nabila Rifo Ruiz, como víctima directa del delito de lesiones simplemente graves, como de las lesiones graves- gravísimas, experimentó un daño psicológico severo, consistente en un trastorno de estrés pos traumático, asociado por un lado a las secuelas físicas irreversibles que sufrió en su persona, como lo es la pérdida de la visión, y por otro a las consecuencias para su salud mental que se asocia a la aceptación y al proceso de adaptación a su nueva condición de discapacidad, la que se caracteriza por síntomas de angustia persistente, tristeza, insomnio, inseguridad, desconfianza extrema, sensación de indefensión, los cuales persisten a pesar del tiempo trascurrido desde la violenta agresión sufrida. Además a ello se agrega las dificultades de adaptación después de lo acontecido", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "(…) el demandado deberá indemnizar a la demandante, toda vez que de conformidad a los artículos 2314, y 2329 del Código Civil, toda persona que ha causado un hecho ilícito es obligado a indemnizar los daños y perjuicios causados, incluyendo entre otros el daño moral que se ha demandado en autos, que consiste en el sufrimiento, dolor y molestia en la sensibilidad física o psíquica".

Según se describe en el dictamen, debido a "la connotación pública a nivel nacional que alcanzó el delito, lo que implicó una sobreexposición mediática de la vida íntima de la actora", sumado a la posición subjetiva del autor del daño "quién obró con dolo directo al propinar las graves lesiones a la demandante" se estableció que "la suma de $150.000.000 servirá para compensar y atenuar de alguna manera el dolor, sufrimiento físico, angustias".

En mayo de 2017, Tribunal Oral en Lo Penal de Coyhaique sentenció a Ortega a 12 años y 180 días por el delito de femicidio frustrado y otros 12 años y 180 días por el delito de lesiones graves gravísimas.

Posteriormente, la Corte Suprema desestimó el delito de femicidio frustrado, por lo que se redujo la pena total de Ortega a 18 años.
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