SANTIAGO.- Era el 18 de noviembre de 2015 cuando el Juzgado de Garantía de Caldera decretó el sobreseimiento definitivo de la causa en contra de los dueños y dos ejecutivos de la mina San José.
Marcelo Kemeny, Alejandro Bohn, Pedro Simunovic y Carlos Pinilla, fueron imputados por los delitos de lesiones leves, prevaricación, cohecho y homicidio frustrado, producto del derrumbe de 2010, donde 33 mineros quedaron atrapados bajo 700 metros de profundidad durante 69 días.
Sin embargo, "por encontrarse cumplido el plazo de prescripción de la acción penal", el magistrado Claudio Villavicencio desestimó la querella presentada por familiares de algunos de los mineros, acogiendo así la solicitud de la defensa de los imputados y suspendiendo el procedimiento judicial.
En la audiencia, el juez recordó que la fiscalía, el 22 de julio de 2013, comunicó su decisión de no perseverar en la investigación. "La institución que da origen a la discusión sobre sobreseimiento definitivo es aquella decisión adoptada por el Ministerio Público de no perseverar en la causa".
Semanas más tarde, la resolución fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Copiapó. De esta forma, tras un proceso que se extendió durante cinco años, quienes estaban a cargo del yacimiento derrumbado en ese entonces no tuvieron castigo penal alguno, ni fueron obligados a indemnizar a los trabajadores perjudicados.
El Fisco pagará
Quien sí tendrá que pagar será el fisco. Ayer, el Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó a la entidad desembolsar $2.480 millones de indemnización a 31 de los 33 mineros. Según el fallo, cada uno recibirá $80 millones.
Y es que la jueza Lidia Poza estableció la responsabilidad de Estado tras el hecho, específicamente del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), la Seremi de Salud y la Dirección del Trabajo.
Esto, a juicio de la magistrada, por la falta de fiscalización a la empresa minera San Esteban Primera S.A, dueña del yacimiento desplomado hace 8 años.
De esta forma, Poza descartó los argumentos en defensa del fisco, que aseguraban que ya se habían tomado anteriormente medidas reparatorias para los afectados, como haberlos rescatado y el otorgamiento de beneficios tras el suceso. Pese a ello, la jueza estableció la obligación de reparar el daño moral provocado a los 31 demandantes.