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Corte de Santiago falla a favor de ciudadana extranjera y ordena a Interior cursar permiso de residencia temporaria

La mujer, que cumplió una pena de 5 años y un día por el tráfico de 400 kilos de marihuana, tuvo un hijo en Chile, lo cual fue clave para el tribunal de alzada capitalino.

03 de Septiembre de 2018 | 14:28 | Por Tamara Cerna, Emol
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El Mercurio.
SANTIAGO.- En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de amparo presentado en favor de una ciudadana paraguaya de 32 años, a quien se le negó la posibilidad de tramitar su regularización migratoria tras haber sido condenada por tráfico de drogas.

La Novena Sala, integrada por los ministros Javier Moya, Pedro Advis y el abogado integrante Jaime Guerrero, estableció un actuar arbitrario por parte del del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, al no considerar los vínculos afectivos, familiares y laborales que mantenía la mujer en Chile al momento de rechazar su solicitud de regularización migratoria presentada en agosto de 2017.

De acuerdo a la sentencia, Laura Elizabeth Díaz Sanabria ingresó al país en enero de 2011 desde Argentina, momento en el que fue sorprendida transportando 395 kilos de marihuana. Posteriormente, el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago la condenó por tráfico de estupefacientes a cinco años y un día de presidio.

Ya en 2015, se le otorgó el beneficio de libertad condicional y en febrero del año siguiente cumplió la totalidad de la pena. Durante ese periodo, la mujer fue notificada de una orden de expulsión dictada en su contra, razón por la que presentó un recurso de reconsideración apelando a su situación familiar: estaba embarazada y conviviendo con un chileno.

Luego, en mayo de 2017, se le informó que la orden de expulsión fue revocada, por lo que presentó una solicitud de regularización migratoria ante el departamento de Extranjería, la cual fue rechazada debido a la gravedad del delito cometido, la pena asignada y la cantidad de droga que mantenía en su poder al momento de la detención.

Sin embargo, el tribunal de alzada consideró que en dicha resolución se desatendieron ciertos aspectos como "los vínculos afectivos, familiares y laborales que el amparado mantiene
en el país" y alude a la libertad condicional que se le otorgó a la extranjera en 2015, argumentando que "la concesión de la misma implica, por parte de la autoridad, un reconocimiento de la posibilidad y expectativa de rehabilitación".

Así también, sostiene que "la existencia de una sola condena por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, no constituye habitualidad de la conducta".

Y añade: "Se debe tener presente que ha permanecido desde el año 2011 en el país, y es madre de un menor de edad de nacionalidad chilena, por lo que resulta procedente acoger el recurso de amparo deducido en su favor".

De esta manera, el tribunal resolvió que se deja sin efecto lo dispuesto por el departamento de Extranjería y se le ordenó cursar el permiso de residencia temporaria.
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