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Suprema confirma fallo que condenó a padre e hijo a pagar $18,7 millones por agresión a adolescente

La sentencia fue unánime y respalda la que dictó la Corte de Apelaciones de La Serena. El hecho ocurrió a la salida de una discoteca en Coquimbo, en 2014.

20 de Septiembre de 2018 | 16:44 | Redactado por Juan Peña, Emol
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El fallo es de la Cuarta Sala del máximo tribunal.

Aton/Imagen referencial
SANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a un padre y su hijo a pagar una indemnización de $18.739.796 por la agresión que sufrió un adolescente a la salida de la discoteca Club Arena de la comuna de Coquimbo, en marzo de 2014.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich, Carlos Cerda y el abogado (i) Antonio Barra– rechazó la acción judicial de los condenados -a través de un recurso de casación- contra la sentencia dictada en enero pasado por la Corte de Apelaciones de La Serena.

La historia es la siguiente. El 26 de marzo de 2014, la víctima de 16 años de edad se encontraba en el interior de un recinto ubicado en el estacionamiento de la discoteca, cuando fue empujado y conminado a salir por un grupo de personas, entre quienes estaba el menor de edad condenado.

"Además del dolor y malestar causados por la cirugía y los cuidados médicos, el adolescente sufrió daños corporales y estéticos, que afectaron su autoestima (...) Los padres del joven también sufrieron menoscabo, en razón de vivenciar el sufrimiento de su hijo"

Extracto del fallo

El adolescente agresor "le propinó un golpe de puño en el lado izquierdo de su mandíbula", según el fallo al que accedió Emol, que le provocó a una fractura expuesta mandibular doble. Es por esto que el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena lo condenó al pago de una multa equivalente a 10 UTM, en marzo de 2015, en su calidad de autor del delito de lesiones graves.

Luego, la familia de la víctima presentó una demanda de indemnización de perjuicios, debido a que la agresión implicó para la víctima una serie de atenciones médicas, hospitalizaciones, cirugías y medicamentos. A ello se sumó un posterior daño psicológico a él y sus padres, con quienes vivía.

Es por esto que, dado que el agresor era menor de edad y citando lo dispuesto en el artículo 2320 del Código Civil -toda persona es responsable no sólo de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado- la Cuarta Sala de la Suprema rechazó dicho el recurso de casación contra la sentencia de la Corte.

18millones de pesos deberán pagar a la víctima y sus padres

Es por esto que confirmó la condena al padre demandado, que establecía el pago de $5.739.796 por concepto de daño emergente, $10 millones por daño moral a favor de la víctima y $3 millones por el mismo concepto a favor de sus padres.

"A la época de ocurrencia de los hechos, el agresor vivía junto a sus padres y se encontraba bajo su patria potestad, siendo quienes lo autorizaron a asistir a la fiesta en que se produjeron las lesiones a la víctima y dejaron de ejercer su supervisión", dice el fallo.
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