SANTIAGO.- En 373 páginas, el
2° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago plasmó en detalle cada una de las declaraciones, pruebas, hechos y razonamientos que conformaron del caso que terminó por sentenciar a
Rafael Garay a siete años de presidio.
El ingeniero fue condenado como autor de estafas reiteradas contra 29 víctimas, por un monto que bordeó los $1.300 millones, y además se ordenó la entrega de casi $900 millones, los cuales, aseguró su abogado, "no hay posibilidad de pagar".
En no más de 15 minutos, los magistrados comunicaron el razonamiento tras la resolución y explicaron por qué se decidió otorgar más tiempo de presidio que el solicitado por el Ministerio Público.
La forma en que se llevaron a cabo las defraudaciones y la extensión del daño causado fueron clave para los jueces Raúl Díaz Manosalva, Pablo Toledo González y Nelson González Valenzuela. Aquí, los detalles del fallo.
"Tramó toda una maquinaria de mentiras"
El primer punto puesto en consideración fueron las 29 estafas cometidas por Garay. Ante esto, explica el abogado y doctor en derecho penal Marcelo Hadwa, que "si bien el delito de estafa en nuestro Código Penal no establece una pena especialmente alta, el tribunal consideró que en este caso fue cometido en forma reiterada, razón por la cual cabía aplicar la regla establecida en el art. 351 en cuanto a aumentar la pena en uno o dos grados".
Por esto, a primeras se partió de la base de una pena que inicia desde los diez años y un día de presidio. Sin embargo, los magistrados reconocieron dos atenuantes: irreprochable conducta anterior y que, tras su detención, colaboró con la investigación resultando sus declaraciones similares a las de las víctimas.
"El encausado tramó toda una maquinaria de mentiras destinadas a facilitar su huida del país sin cumplir con las devoluciones de dinero que sólo un par de meses antes había prometido".
Fallo del 2° Tribuna Oral de Santiago.
Esto situó finalmente la pena entre un tramo que va desde los 5 años y un día a 10 años de privación de libertad.
Para decidir con exactitud, se consideraron aquellos antecedentes relativos a la extensión. En esa línea, se reconoció que algunos de los montos defraudados eran parte de las reservas para pensiones de retiro de algunos de los denunciantes, ahorros de vida, como fue el caso de Marlene de la Fuente, esposa del periodista Iván Núñez, y que incluso otros pidieron préstamos bancarios para invertir.
Además, se destacó la forma de realizar los distintos delitos, "caracterizada por la creación de una estructura sofisticada destinada a atraer la atención de la mayor cantidad de víctimas y mediante la utilización de artificios que no sólo buscaron provocar el error y la disposición patrimonial, sino que, y ahí radica el mayor reproche, continuaron ejerciéndose mucho tiempo por el acusado", indica el fallo.
$900Millones de pesos se le ordenó pagar a Rafael Garay.
Y los jueces concluyen que "el encausado tramó toda una maquinaria de mentiras destinada a facilitar su huida del país sin cumplir con las devoluciones de dinero que sólo un par de meses antes había prometido".
Frente a esto consideraron que si bien las atenuantes tornan desproporcionado aplicar la sanción más gravosa del tramo, las circunstancias tampoco permitían optar por el mínimo.
Los otros casos
Uno de los argumentos expuestos por el abogado de Garay, Daniel Celis, durante el juicio oral, tenía que ver con los acuerdos que estaba arribando la fiscalía en casos similares.
En concreto, se refería a la investigación a la empresa AC Inversions, la cual implicó a casi tres mil denunciantes y estafas por $65 mil millones. Tras pactar procedimientos abreviados, el dueño de la empresa recibió una pena de 5 años de cárcel, mientras que los gerentes cumplirán el mismo periodo bajo libertad vigilada intensiva.
Esta última pena también fue asignada para los dos socios de la firma IM Forex, quienes perjudicaron a 867 personas por un monto de $33 mil millones.
Es por esto que Celis solicitó una condena de cuatro años bajo el mismo régimen. Sin embargo, el 2° Tribunal Oral fue claro en señalar que cualquier información de una causa ajena resulta "absolutamente impertinentes". Sin embargo, no quisieron pasar sin antes hacer una precisión.
"Sin conocer las circunstancias concretas de los casos invocados por la defensa, de haber sido similares al que ha conocido este Tribunal, llamaría la atención de estos juzgadores que tales casos fueran sustraídos de un juicio oral mediante la aplicación de procedimientos y penas que no parecen proporcionados a la gravedad de hechos semejantes, teniendo en vista que en la presente instancia de juicio oral puede ponderarse el daño efectivamente causado a cada víctima".
De hecho, en el marco de la investigación a Garay, en mayo de este año se rechazó un procedimiento abreviado entre las partes.
Tras conocer la sentencia, Celis aseguró que la pena resulta "absoluta e increíblemente desproporcionada a los hechos que se han conocido". A su juicio, la cobertura mediática habría sido la principal culpable.