SANTIAGO.- "
Desde la formalización de la investigación hemos sostenido que, en atención al carácter del delito, los antecedentes que existían, la medida cautelar
que aseguraba la comparecencia de estas personas en las actuaciones de este procedimiento
y el cumplimiento de una sentencia era precisamente la
prisión preventiva. Lo solicitamos, lo sostuvimos así".
De esta forma, la
fiscalía de La Araucanía, a través de su vocero, el persecutor Roberto Garrido, se refirió sobre la situación en que se encuentran dos de los condenados por el crimen del matrimonio
Luchsinger Mackay, los cuales aún no han sido encontrados para iniciar el cumplimiento de la pena dictada hace 14 días.
En el caso de José Tralcal Coche, Carabineros y PDI llegaron hasta su domicilio el día de ayer para cumplir con una orden de entrada y registro dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, constatando que el comunero no se encontraba al lugar. En tanto, su primo, Luis Talcal Quidel, fue visto por última vez el 5 de mayo.
Sobre este último, indicó el persecutor, "solicitamos como Ministerio Público una orden (de detención) ante el primer indicio de incumplimiento de una citación judicial a una audiencia, esa orden está vigente desde ese todo tiempo".
Sin embargo, fue enfático en recalcar que la realización de dicha aprehensión le corresponde a las policías. "Realizaremos dentro del marco de las funciones que establece la Constitución y la ley para la fiscalía, todas las acciones que sean tendientes a obtener el cumplimiento de las ordenes de detenicon y las condenas, pero la ejecución material de estas no dependen directamente del órgano persecutor".
Consultado sobre si se constató que Tralcal Coche cumplió con el arresto domiciliario dictado durante el proceso, Garrido explicó que "Carabineros tiene que concurrir hasta el domicilio de la persona, verificar que se encuentre cumpliendo esa cautelar. En los casos que constata que haya un incumplimiento informarnos y nosotros requerimos las ordenes de detención o audiencias que procedan, (pero)
en este caso no hemos tenido conocimiento hasta ahora del incmuplimiento por parte de esa persona".
El pasado 10 de octubre, la Suprema acogió parcialmente el recurso de nulidad presentado por las defensas de los mapuches, y dictó una sentencia de reemplazo, donde se eliminó el delito terrorista, bajando así la pena original de presidio perpetuo simple.