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Las penas y multas por hackeo o clonación de tarjetas: Los detalles del proyecto sobre delitos informáticos

El Presidente Piñera firmó hoy la iniciativa que además propone el uso de agentes encubiertos en investigaciones relacionadas con la interrupción a servicios de utilidad pública.

25 de Octubre de 2018 | 11:37 | Por M. C. Romero y J. Peña, Emol
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El Presidente firmó esta mañana la iniciativa.

Aton
SANTIAGO.- "No tenemos un segundo que perder". Este fue el mensaje que el Presidente Sebastián Piñera entregó el delegado de ciberseguridad, Jorge Atton, y a los ministerios que deberán llevar adelante la agenda sobre este delitos informáticos.

En este sentido, el Mandatario anunció este jueves un proyecto de ley sobre la materia, pues afirmó que el que hoy existe está obsoleto, ya que data de 1993, y ha sido superada por el desarrollo tecnológico de los últimos 15 años.

Según datos de la PDI, los delitos informáticos aumentaron un 74% en el 2017 en comparación con 2015. En este contexto, Piñera afirmó que este proyecto incluye delitos que no están definidos en la actual legislación.

Perturbación informática


El proyecto establece como delito la perturbación informática, que sanciona a quien maliciosamente obstaculice o perturbe el funcionamiento de un sistema informático a través de la introducción, transmisión, daño, deterioro, alteración o supresión de datos informáticos.

Quien cometa este ilícito se expone a una pena de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años). Y si su acción hiciere imposible la recuperación del sistema informático, se aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años).


Entre estos delitos figuran: Alteración de sistemas informáticos que hacen funcionar los sistemas de transporte, financieros o telecomunicaciones, entre otros.

Hackeo: Multas de hasta $963 mil


La alteración de datos o hackeo a todo o parte de un sistema informático. La condena que considera el proyecto es de presidio menor en su grado mínimo (de 61 días a 540 días) o multa de 11 UTM ($529.760) a 20 UTM ($963.200).

Pero en caso de que la investigación compruebe que hubo ánimo de apoderarse, usar o conocer la información contenida, la pena será de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años). Si en estas conductas vulneran las medidas destinadas a impedir dicho acceso, la condena será de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años).

Interceptación de mail o whatsapps


La iniciativa sanciona la interferencia indebida y maliciosa de las transmisiones no públicas, por ejemplo, por mail o WhatsApp. En este caso, la pena será de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años). Pero si esto ocurre en sistemas informáticos, la condena aumenta a presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años).

Daño informático


Cuando se altere, borre o destruya datos informáticos causando un daño serio al titular de los mismos, el proyecto sancionará al responsable con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años).

Falsificación informática


Este delito consiste en la introducción maliciosa, alteración, borrado, deterioro, daño, destrucción o supresión que genere datos no auténticos con el propósito que sean tomados o utilizados como reales. En este categoría se encuentra el pishing.

Esto será sancionado con las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados, prevista en el Código Penal, salvo que sean o formen parte de un instrumento, documento o sistema informático de carácter público, caso en que se sancionará con los agravantes previstas en el artículo 193 del citado cuerpo legal, dice el proyecto.

Fraude informático


Sancionará a quien defraude a otro y con la finalidad utilizando la información contenida en un sistema informático o aprovechándose de la alteración, daño o supresión de documentos electrónicos.

En este caso, las penas y multas serán las siguientes: Si el valor del perjuicio excede las 400 UTM, con presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 días a 5 años) y multa de 21 a 30 UTM.

Si supera las 40 UTM, presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años) y multa de 11 a 15 UTM; si el perjuicio fuese entre 4 y 40 UTM, el autor o autores del delito recibirán una condena con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años) y multa de 6 a 10 UTM.

Y en caso de que no supere las 4 UTM: presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 5 a 10 UTM.

Clonación de tarjetas


Para quienes usen técnicas que alteren la integridad de datos informáticos, perturben el sistema, permiten el acceso e interceptación, o aquellos contenidos del artículo 5º de la Ley sobre Extravío, Robo o Hurto de Tarjetas de Crédito o Débito; la pena será de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 5 a 10 UTM.

En esta categoría destacan los delitos que utilizan mecanismos para clonar tarjetas de crédito, copiar bandas magnéticas o los skimming.

Atenuantes y agravantes


En el proyecto se establece como atenuante la cooperación eficaz, que podrá rebajar hasta un grado la pena.

Mientras que como agravantes, el uso de tecnologías de encriptación sobre datos informáticos "con la finalidad de obstaculizar la acción de la justicia y la comisión del delito abusando de una posición privilegiada de garante o custodio de los datos contenidos en un sistema informático, en razón del ejercicio de un cargo o función".

"Se establece una regla para aumentar la pena en un grado cuando se interrumpa o altere la provisión o prestación de servicios de utilidad pública por delitos de perturbación al sistema informático o daño informático". añade.

Finalmente, permite al Ministerio del Interior presentar querellas en caso de interrupción a servicios de utilidad pública por delitos informáticos; se fijan técnicas especiales de investigación en casos específicos (agentes encubiertos, informantes, entrega vigiladas de información e interceptación de comunicaciones) y, además, se establecen procedimientos dictados por el Fiscal Nacional sobre manipulación de evidencia electrónica.
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