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Caso Maristas: Corte rechaza recurso que pretendía obligar al Vaticano repetir investigación contra Precht

El tribunal de alzada aseguró que el proceso canónico llevado contra el ex vicario en agosto no implicó un "trato vejatorio ni vulneratorio" a sus derechos constitucionales.

12 de Noviembre de 2018 | 18:18 | Por Tamara Cerna, Emol
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EFE.
SANTIAGO.- La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por la defensa del ex sacerdote, Cristián Precht, contra el Arzobispado de Santiago, donde se alegaba la vulneración de garantías del religioso durante la investigación canónica llevada en su contra en el marco del caso Maristas.

Con la acción, la defensa del ex vicario de la Solidaridad pretendía dejar sin efecto la investigación canónica que terminó por ocasionar su expulsión del sacerdocio, lo que implicaba que el tribunal nacional ordenara a la Santa Sede repetir la indagatoria.

Sin embargo, los ministros Omar Astudillo, Inelie Durán y el abogado integrante Mauricio Decap descartaron de manera unánime un actuar arbitrario de la parte de la diócesis capitalina, donde se aplicaron medidas cautelares como residir en Santiago durante el proceso, además de no celebrar actos religiosos.

Así mismo, el abogado de Precht cuestionó que no se le permitiera acceder o a la carpeta investigativa, revisar el expediente de diligencias o saber del término de la indagatoria.

Ante esto, el fallo indicó que dicha indagatoria ha sido "conforme las facultades otorgadas por la ley canónica, en procedimiento establecido en el Código Canónico, llevado por la autoridad eclesial competente, conforme la calidad de sacerdote del protegido".

Además, indicaron que, de acuerdo a dicha normativa, además de los antecedentes que motivan la decisión, "no es posible determinar que el proceso (...) hubiere vulnerado las garantías constitucionales del debido proceso e igualdad ante la ley, por tratarse de un órgano que lo ha llevado adelante en el ejercicio de su jurisdicción reconocida constitucionalmente, en una instancia preliminar, la que garantiza en sus preceptos canónicos la oportunidad en la que el Ordinario conforme el mérito de tal investigación decrete el inicio del proceso en que se fijará la oportunidad de los descargos del acusado, como así lo informa la recurrida".

En cuanto a la vulneración a la salud psíquica y la honra a la que aludió el abogado de Precht, como consecuencia de haber sido procesado por un órgano al "que desconoce toda legalidad", los ministros consideraron que "la acción ejercida por la justicia canónica no puede considerarse como un trato vejatorio ni vulneratorio a los derechos constitucionales" alegados por la defensa, ya que en el proceso, "al igual que aquel seguido en sede penal ordinaria, se busca precisamente investigar y determinar la efectividad de las denuncias".
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