La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo de primera instancia que acogió la demanda.
El Mercurio
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Estado a pagar una indemnización de $45 millones a un hombre que fue injustamente imputado como autor de tres delitos de violación en la ciudad de Los Andes.
El afectado, quien trabaja como maestro constructor, en 2013 debió estar en prisión preventiva y luego con arresto domiciliario, por orden del Juzgado de Garantía de los Andes.
Sin embargo, luego se determinó que se trató de "resoluciones judiciales inexactas e incorrectas".
Debido a su privación de libertad y de la publicidad que tuvo el caso en los medios de comunicación, el hombre sufrió perjuicios económicos, ya que dejó de percibir ingresos al no poder trabajar.
A eso se suma el daño moral y psicológico, por "el daño a su imagen", "la afectación que sufrió a nivel familiar", la "frustración, desesperación y dolor generados con toda esa situación" y "la pérdida del respeto por parte terceros quienes lo veían como violador".
Ante esto, el hombre presentó una demanda, que fue acogida en primera instancia por el 12° Juzgado Civil de Santiago y luego ratificada, en un fallo unánime, por la Quinta Sala del tribunal de alzada capitalino.
Según señala el fallo de primera instancia, "a raíz de resoluciones judiciales inexactas e incorrectas, pronunciadas en una causa ventilada en un Tribunal de Garantía de los Andes, el demandante de autos sufrió perjuicios consistentes en sufrimiento y deterioro de su imagen, pérdida de su privacidad y autoestima, sobreexposición y disminución de su calidad de vida, acreditado en autos mediante el informe pericial psicológico".
Agrega que la "sobreexposición pública de los hechos y de la investigación penal, como se aprecia, por lo demás en las copias de diarios acompañadas, las que reproducen latamente los hechos, resoluciones dictadas por el Juzgado de Los Andes y la Fiscalía, de lo que se sigue, que el perjuicio no es solamente responsabilidad de los medios de comunicación, como lo afirma el demandado, sino que es consecuencia además de las decisiones injustas y erróneas, emitidas públicamente por las autoridades, siendo por tanto responsable directamente, el Estado o Fisco de Chile, toda vez que se trata de un daño atribuible a una actuación injustificadamente errónea".