SANTIAGO.- Luego de que se dieran a conocer los resultados de las postulaciones a las universidades adscritas al Sistema Único de Admisión, se inició la primera etapa oficial para matricularse en los distintos planteles.
Pero también desde ayer, y hasta el 24 de enero, está vigente el periodo para ejercer el derecho retracto, instancia en la que los estudiantes podrán desistir de algún contracto firmado previamente con otra entidad educacional.
Este derecho, incluido en la Ley del Consumidor,
permite a los estudiantes matriculados en una institución retractarse y solicitar la devolución de lo cancelado presentando una segunda matrícula de otra institución.
Lo anterior suele ocurrir cuando se matriculan en la carrera donde fueron seleccionados y se corre la lista de espera de su primera opción, quedando así dentro de los cupos vacantes.
Así, si el estudiante es notificado de un movimiento en su lista de espera, tiene el derecho a dejar nulo su contrato y la institución está obligada a devolver lo pagado en un plazo de 10 días desde que se ejerció el retracto.
Por otro lado, el plantel involucrado podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.
Cabe señalar que si los postulantes quedaron en su primera preferencia de carrera e institución, es recomendable matricularse cuanto antes, ya que la universidad puede liberar automáticamente la vacante y con ello empieza a correr la lista de espera.
Los pasos para ejercer el derecho a retracto
-Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
-Acompañar el comprobante de la segunda matrícula idealmente con una carta donde manifieste y quede clara la fecha en que se quiere ejercer el derecho a retracto.
-Pedirle a la institución que firme o timbre una copia de la carta para dejar constancia de la fecha en que se hizo efectivo el derecho.
-Si luego de transcurridos 10 días corridos de ese trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, corresponde una infracción.
-Si la respuesta es negativa se puede presentar un reclamo ante el Sernac en su sitio web www.sernac.cl.