SANTIAGO.- En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt en contra de Francisca Díaz Williams, estudiante egresada de derecho que fue condenada a tres años de pena remitida por el delito de denuncia calumniosa contra el ex ayudante de la fiscalía de Hualaihué, Willy Fahrenkrog.
La joven había acusado al abogado en febrero de 2016 por abuso sexual, pero luego que el Ministerio Público decidiera no perseverar en la indagatoria por falta de antecedentes, el Juzgado de Garantía de la capital regional decretó el sobreseimiento de Fahrenkrog y determinó que la acción judicial de Díaz "reunía los caracteres de calumniosa".
"En la investigación penal desarrollada, se estableció que la denuncia efectuada era mendaz, al esclarecerse las circunstancias de la relación sexual consentida", indicó dicho tribunal, detallando que cuando ocurrió el encuentro Díaz "no se encontraba privada de sentido ni que haya mediado aprovechamiento de su capacidad disminuida para oponer resistencia por parte del supuesto agresor".
Fue por ello que el 16 de junio del mismo año, Fahrenkrog, quien fue formalizado en la causa, decidió querellarse y logró una sentencia condenatoria en contra de la joven.
Esto inmediatamente generó las críticas a la resolución provenientes de organizaciones feministas y parte del mundo parlamentario. En redes sociales comenzó a circular el hashtag #Franyotecreo.
"Nos preocupa la falta de garantías adecuadas a las víctimas de violencia sexual, Francisca ha sido revictimizada, humillada y hoy enfrenta una condena de 3 años y un día por el delito de calumnias, debido al sobreseimiento definitivo de su denuncia por abuso sexual, en circunstancias del todo irregulares", señalaron entonces desde la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), agregando que acompañarían a la joven en todas las acciones judiciales venideras.
La sentencia dada a conocer hoy por el máximo tribunal indica que "no existió una denuncia calumniosa de ese específico delito", señalando que "la sola circunstancias de haber sido puesta en conocimiento a la policía una relación sexual cuyas características y circunstancias no se precisan, no representa una denuncia por violación".
Así, desde la misma organización, hoy celebraron el fallo el fallo de la Corte Suprema: "Felicidades. Francisca, todas te creímos siempre", manifestaron.