SANTIAGO.- La
Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó al tr
ibunal de alzada de Rancagua tramitar el recurso de protección interpuesto por un abogado expulsado del grupo de Facebook "Hijos No Matrimonales de Bello".
Ello, luego que la defensa de Samuel Ortiz recurriera a tribunales para presentar dicha acción contra los administradores de la página en la que, según afirma el escrito, se comparte material de litigantes, académicos y expertos.
"Se han mencionado hechos que eventualmente puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política"
Fallo Suprema.
Ortiz se quejó de haber sido eliminado del grupo en el que realizó "una gran cantidad de publicaciones que requiere rescatar para su estudio y trabajo, por ser de su autoría", acusando así una vulneración a sus derechos constitucionales comparable con los crímenes cometidos en dictadura.
"Tomaron una decisión de expulsión o eliminación de un Grupo sin previamente avisar o notificar al ofendido, ni le permitieron impugnar, reclamar o recurrir de dicha decisión, que se tomó y ejecutó en la misma forma que se procedió contra muchas víctimas de la Caravana de la Muerte en octubre 1973", señala el documento.
Pese a sus intenciones, el pasado 10 de enero la Corte de Apelaciones de Rancagua declaró inadmisible el recurso, motivando una apelación ante la Suprema, la cual finalmente terminó por revocar la decisión del tribunal regional.
"Que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación", señaló la sala.
Así, los ministros titulares Ricardo Blanco y Ángela Vivanco; además de los magistrados suplentes Rodrigo Biel, Juan Muñoz, y el abogado integrante Antonio Barra ordenaron la revisión del caso.