SANTIAGO.- En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del comunero trasandino Facundo Jones Huala por dos ilícitos registrados en enero de 2013, en el fundo Pisu Pisué, comuna de Río Bueno.
Así, los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama, Rodrigo Biel y el abogado integrante, Antonio Barra confirmaron las penas efectivas de 6 años y 3 años y un día de presidio por los delitos de incendio y tenencia ilegal de arma de fuego, respectivamente.
En la acción, el abogado del mapuche criticó la valoración de la prueba que hicieron los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia en el caso, además de acusar una supuesta "falta de apreciación" de la evidencia entregada por su parte.
Ante esto, los supremos señalaron en el fallo: "Se hace una exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos que se dieron por probados, pronunciándose acerca de la totalidad de la prueba rendida, tanto de cargo como de descargo -incluida aquella a la que hace alusión la defensa de Jones Huala en su arbitrio-".
Así, concluyen que las alegaciones "deben ser desestimadas", más aún si estas "aluden esencialmente a su disconformidad con la valoración de la prueba realizada en el fallo en estudio, lo que por cierto excede de los márgenes" de la causal invocada, "la que por lo mismo será también desestimada".
Jones Huala fue sentenciado tras un largo proceso de extradición desde Argentina, donde fue detenido en junio de 2017 producto de un control vehicular.