SANTIAGO.- Cuarenta y seis puntos tiene la lista de especies y sustancias prohibidas en las encomiendas enviadas a los reos que cumplen con una condena o prisión preventiva en alguno de los centros penitenciarios del país.
La discusión de qué se puede y qué no se puede entrar a los penales tomó especial relevancia en las últimas semanas, luego que en un inédito operativo, 180 miembros de Fuerzas Especiales de Gendarmería desalojaran sorpresivamente a 112 reos de Colina 2, encontrando diversos objetos y comodidades como frigobares con carnes de primer corte y televisores de 42". Esto, pese a que ninguno de ellos está permitido.
La molestia fue tal que desde el Gobierno se querellaron contra quienes resulten responsables, incluyendo a los funcionarios de la institución penitenciaria. "Allí existe corrupción, es evidente", dijo hace unos días el ministro de Interior, Andrés Chadwick.
Ya esta semana, el director de la institución, Christian Alveal, envió un video en el que ordenó a los encargados regionales informar a más tardar este viernes si existe algo parecido a las celdas "VIP" halladas en Santiago en alguna cárcel que ellos controlen.
Lo que puede o no puede entrar
Lo que puede o no puede tener en una celda lo regula el protocolo 2730 de Gendarmería, que data de 2016. De acuerdo al reglamento, la administración debe contar con un procedimiento "definido de ingreso, registro y control" de encomiendas con "el propósito de garantizar el acceso a condiciones de vida que contribuyan al bienestar físico, psicológico y a la realización de trabajos" de los internos.
Así, el documento enumera 46 prohibiciones en los envíos, entre las que se encuentran prendas de colores y características similares a las utilizadas por los gendarmes, personal de las Fuerzas Armadas y policías,; al igual que bufandas, guantes, pañoletas, ponchos y mantas; y cualquier pieza con diseños que "impidan o dificulten una revisión".
112reos fueron desalojados tras los allanamientos en Colina 2
Un no también tiene la ropa o artículos utilizados para disfrazarse o caracterizarse, tales como máscaras, sombreros, pelucas, maquillaje; extensiones de pelo y bigotes postizos. En este punto, sin embargo, se hace una excepción para "las personas que modifican permanentemente su expresión de género".
Misma negativa hay con llaves y candados; elementos ortopédicos, yeso, vendas y prótesis sin indicación médica; gafas o lentes de sol usados con fines estéticos; juegos de azar como naipes, dados y ruletas; joyas; montos de dinero superiores a dos UTM -$97.190-; tarjetas, cheques, documentación notarial, billetes falsos y moneda extranjera; además material pornográfico escrito, fílmico, fotográfico o auditivo.
Le siguen armas y municiones; bebidas alcohólicas e ingredientes usados para su fabricación; drogas; artefactos eléctricos, muebles y línea blanca -como la nevera encontrada en Colina-; además de aparatos tecnológicos como celulares, tablet, computador y reloj inteligente; mascotas, cuerdas; cilindros de gas licuado, carbón, leña, cartón y encendedores.
"Todo lo que ingresa a las unidades penales está autorizada a través del reglamento (...) ahora bien cuando los internos piden algo y es negado, hacen reclamos a diferentes instancias, como ONGs, institutos y a sus abogados"
Andrés Segovia, vocero del Frente de Trabajadores Penitenciarios
La lista termina con alimentos y bebidas de cualquier tipo, conservadores de alimentos tipo cooler, aromatizantes, jeringas, pinturas y pancartas "con simbología inconstitucional tales como aquellas de origen racista, xenófoba, que atenten contra la libertad religiosa", entre otros.
Según precisaron a este medio, cualquier tipo de cocinilla y, por ende alimento que requiera ser sometido a calor, quedó prohibido luego del incendio en el penal de San Miguel en diciembre de 2010, el cual provocó el fallecimiento de 81 reos.
Apartado especial hay para los tres artículos eléctricos que sí pueden estar dentro de las celdas: televisor de 21" como máximo, calentador de agua y reproductor de música, imágenes y videos "de tamaño moderado".
Respecto a este último, precisan, se permitirá además el ingreso de dispositivos de almacenamiento de videos, música e imágenes, siempre que éstos sean sólo en formato original.
Otras prohibiciones
En esa misma línea, el documento establece además la prohibición permanente de recibir encomiendas a través de empresas comerciales, nacionales e internacionales, dedicadas al envío, transporte y entrega de bienes.
Esto, ya que aquello es un "potencial riesgo en el contexto penitenciario" por tres elementos. Uno de estos refiere a "la existencia de organizaciones criminales vinculadas o no a la población penal que exploran y utilizan fórmulas para concretar el tráfico de drogas, atentados y otros ilícitos", como habría sido el caso, según ha trascendido, de quiénes enviaron los artículos a Colina 2.
46Artículos prohibidos están en el reglamento de Gendarmería
Los otros puntos, en tanto, dicen relación con la imposibilidad e inconveniencia de acopiar encomiendas cuando se produzcan errores de envío; además de la inexistencia de tecnología y especialización suficiente que permita efectuar de manera preliminar la revisión del contenido de una encomienda recibida.
"Lo que ocurre en la práctica"
Si bien todo interno tiene derecho a recibir de parte del Estado vestuario, al menos un catre, colchón y frazada, además de alimentación supervigilada por un especialista en nutrición; la realidad dista de eso.
De ahí, explica el vocero del Frente de Trabajadores Penitenciarios, Andrés Segovia, surge la necesidad de contar con productos a todo costo.
De acuerdo al artículo 58 de la ley que aprueba el 'Reglamento de establecimientos penitenciarios', "los internos tendrán derecho a efectuar peticiones a las autoridades penitenciarias (...) debiendo ser necesariamente cursadas y contestadas por escrito o verbalmente por el alcaide en las audiencias que conceda. En ningún caso el encargado de su recepción podrá negarse a recibirlas o a tramitar las peticiones".
El ejercicio de este derecho, agrega, "no obsta a la interposición de los recursos judiciales que sean pertinentes". Y es aquí donde, relata Segovia, se da un tipo de "vacío".
"Todo lo que ingresa a las unidades penales está autorizada a través del reglamento (...) ahora bien cuando los internos piden algo y es negado, hacen reclamos a diferentes instancias, como ONGs, institutos y a sus abogados", aseguró el uniformado.
Y agregó: "También comienzan con distintos tipos de presiones, como huelgas, se oponen al régimen interno, al conteo de la población penal, al tema de las visitas. Entonces eso es lo que ocurre en la práctica más allá de lo teórico y normativo".
De esta situación, concluye, nace la necesidad de responder a la necesidad de "flexibilizar criterios para poder tener tranquila la población penal".