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Menos restricciones sobre sus tierras y mayor asociatividad: Las reformas que el Gobierno incluyó en la Consulta Indígena

Este miércoles se inició el proceso, con el cual se pretende dar más flexibilidad para vender, subdividir y arrendar terrenos en manos de pueblos originarios, entre otras iniciativas.

22 de Mayo de 2019 | 10:40 | Por Felipe Vargas, Emol
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La cartera liderada por Alfredo Moreno liderará el proceso de consulta a nivel nacional.

Ministerio de Desarrollo Social.
SANTIAGO.- Este miércoles a partir de las 10 horas se iniciará en la Región Metropolitana, Valparaíso, Los Ríos y La Araucanía, la primera etapa de la Consulta Indígena del Gobierno, con la cual pretende llevar a cabo los primeros cambios a la Ley Indígena en los últimos 25 años.

Se trata de cinco talleres, de los 131 que se realizarán a nivel nacional, en los cuales los pueblos originarios se pronunciarán sobre los 11 puntos que se desean reformar. Entre ellos, varios tienen que ver con la flexibilización en el uso de las tierras que están en manos indígenas.

Por ejemplo, una de las propuestas es dar la posibilidad de arrendar terrenos sin perder la calidad de indígenas, de acceder a títulos de dominio individuales y la opción de beneficios alternativos a la entrega de terrenos, entre otras medidas.

Desde el Ministerio de Desarrollo Social, esperan una participación de 6.000 personas de los pueblos indígenas, las cuales fueron convocadas a través de cartas certificadas hacia casi 7.000 comunidades, a través de los medios de comunicación y en visitas puerta a puerta.

De acuerdo a la información publicada por esa cartera sobre la consulta, pese a los "importantes avances" que ha permitido la aplicación de la ley aprobada en 1993, actualmente "han quedado al descubierto una serie de falencias que son necesarias de corregir".

En esa línea, destacan que las soluciones "han sido levantadas por los propios miembros de los pueblos indígenas. Los conflictos por tierras continúan y las personas de los pueblos indígenas viven en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad que la población no indígena".

Medidas a consultar


La primera propuesta del Gobierno es posibilitar a las comunidades indigenas recibir o generar títulos individuales de dominio y aquellas que ya son titulares de tierras indígenas puedan dividir total o parcialmente su título común.

Para ello, la mayoría absoluta de la comunidad tendrá que aprobar la división. Además, las comunidades podrán recibir o mantener una parte del inmueble bajo propiedad comunitaria, cuando así lo estimen conveniente.

El segundo punto propone otorgar la opción de que los titulares de derechos reales de uso y de goce en tierra indígena "puedan obtener el dominio de aquella parte de los terrenos donde ejercen su derechos y en los que han construido sus casas, realizado mejoras o materializado ciertos emprendimientos".

En el tercero, se plantea la idea de permitir que las tierras indígenas se puedan subdividir respetando la superficie mínima que actualmente se le permite a cualquier predio no indígena. Actualmente, las tierras indígenas pueden dividirse en lotes mínimos de 3 hectáreas y con esta medida se baja esa cifra a a 0,5 hectáreas.

El cuarto punto establece disminuir de 25 a 5 años el plazo de la prohibición de enajenar entre indígenas que hoy establece la Ley Indígena para tierras adquiridas con fondos de Conadi. Con ello, tanto las personas como las comunidades podrán transferir tierras a otras personas del mismo pueblo, en un plazo menor si así lo desean.

La siguiente propuesta es la creación de un nuevo reglamento que regule los procesos de permuta de tierra indígena, permitir la realización de arriendos, comodatos o medierias en tierras indigenas por un plazo de hasta 25 años y mecanismos compensatorios alternativos adicionales y voluntarios a la compra de tierras.

La octava idea es establecer distinciones entre quienes pueden acceder a los beneficios asociados a la calidad de indígena, diferenciando a las personas acreditadas con calidad indígena por sangre por un lado y por otro a las personas acreditadas por otras vías.

Finalmente, en los puntos 9, 10 y 11, se establecen mayores requisitos para la constitución de nuevas comunidades indígenas, la posibilidad de constituir asociaciones indígenas con al menos 2 personas y no con 25 como hasta ahora, con el fin de propiciar la asociatividad, y permitir que dichas asociaciones puedan postular al Fondo de Desarrollo Indígena.
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