SANTIAGO.- La palabra "inciso" es la responsable del error en la promulgación de la Ley de Pago a 30 días, que dejó sin la posibilidad de que las empresas de menor tamaño demanden a las grandes compañías cuando se sienten vulneradas en su relación comercial. O, para ser más precisos, la omisión de esta palabra.
Según un seguimiento que hizo
Emol a la tramitación de la normativa en el Congreso, con la información disponible en la página web de ambas cámaras, se aprecia dónde estuvo la anomalía.
Los autores del proyecto fueron los senadores
Andrés Allamand (RN), Alfonso de Urresti (PS), Iván Moreira (UDI) y los ex parlamentarios,
Eugenio Tuma (PPD) y Andrés Zaldívar (DC), quienes lo ingresaron el 5 de julio de 2016.
Desde esa fecha, fue la comisión de Economía la que se hizo cargo de gran parte de su debate. Al terminar su revisión, y según establece el trámite legislativo, emitió un informe de lo realizado el 10 de octubre de 2017, en el que se señala -entre otras cosas- lo siguiente:
"Artículo 2°.- Reemplázase el inciso primero del literal i) del artículo 4º de la ley N° 20.169, sobre competencia desleal, por el siguiente: 'i) El establecimiento de cláusulas contractuales o conductas abusivas en desmedro de los proveedores, el incumplimiento sistemático de deberes contractuales contraídos con éstos o la infracción a los plazos dispuestos en la Ley 19.983 para el cumplimiento de la obligación de pago del saldo insoluto contenido en la factura'."
Es decir, solo se solicita que se haga una modificación, en el primer párrafo del literal i) del artículo 4° de esa Ley, ya que el segundo inciso es el que permitía hacer las demandas a las grandes empresas. Por lo tanto, los senadores de la comisión de Economía no lo alteraron.
Luego la comisión de Hacienda de la Cámara Alta también debatió el proyecto, dejando ese artículo tal cual, sin alteraciones.
Pero luego, una vez que el Pleno del Senado aprobó lo hecho en las dos instancias previas, la secretaría del Senado emitió un oficio a la Cámara de Diputados en donde le informa que se aprobó este proyecto y lo explica artículo por artículo.
Es en ese documento en donde está la falta y va firmado por el ex secretario Mario Labbé -reemplazado en mayo de este año por Raúl Guzmán- y el, en ese momento presidente de la institución, senador Andrés Zaldívar.
"Artículo 2°.- Reemplázase el literal i) del artículo 4º de la ley N° 20.169, que regula la competencia desleal, por el siguiente (...)". Dice el documento elaborado el 24 de enero de 2018, es decir, se eliminó la palabra "inciso" y se da la instrucción de reemplazar todo el literal del mencionado artículo y no solo el primer párrafo, como había dicho la comisión de Economía.
Todos los "filtros" que pasó
Luego el proyecto fue tramitado por la Cámara de Diputados, volvió al Senado y también estuvo en comisión mixta, pero nadie notó la omisión y sus efectos, por lo que fue despachada del Congreso en los términos que hoy conocemos.
Así, siguiendo el "camino" de las leyes que despacha el Parlamento, y que por ende también recorrió el "Pronto pago" como se conoce la normativa, ésta llegó hasta el Ejecutivo. Ahí los asesores del Ministerio de Economía y la Secretaría General de la Presidencia (Segpres) fueron los encargados de revisarla y mandársela a la Contraloría para que hiciera toma de razón.
Ocurrido eso se envió al Diario Oficial para que fuera promulgada y recién ahí la Biblioteca del Congreso entró en escena, recopilando lo publicado por el Diario Oficial.
Contrario a lo asegurado por el ministro José Ramón Valente, la Biblioteca del Congreso solo transcribió lo promulgado y lo documentó. Pero sí hubo un inconveniente, como también dijo él, en la transcripción que hizo la secretaría del Senado.