Los ministros Marcelo Vásquez, Marclo Albornoz y Emilio Elgueta (de izquierda a derecha).
El Mercurio.
SANTIAGO.- Por una decisión "prácticamente unánime", el Pleno de la Corte Suprema acogió la sugerencia de abrir cuadernos de remoción contra los tres suspendidos ministros de la Corte de Rancagua Emilio Elgueta, Marcelo Albornoz y Marcelo Vásquez.
El acuerdo, que se enmarca en la investigación que llevó a cabo la también suprema Rosa María Maggi desde diciembre del año pasado, fue comunicada esta mañana tras casi tres horas de discusión por el ministro vocero del máximo tribunal, Lamberto Cisternas, quien precisó además que se acogieron todos los cargos imputados, los cuales están relacionados con irregularidades en la tramitación de nombramientos, entrega de información a un investigado cercano, cambio en la integración de una sala, entre otros hechos.
"El tribunal ha aprobado, ha mantenido, los mismos cargos que la señora ministra formuló y la misma proposición de sanciones. Se ha acordado aplicar la sanción de cuatro meses de suspensión y abrir un cuaderno de remoción. La sentencia propiamente tal se emitirá durante el plazo de 10 días", sostuvo el vocero, precisando además que dicha situación da inicio a nuevo proceso que no tiene plazo fijo.
De esta forma explicó que, una vez dictada y notificada la sentencia, se solicitarán los distintos informes que requiere el proceso en cuestión, debiendo ser estos evacuados por los jueces en cuestión y la Corte respectiva. También se pueden adjuntar en el expediente otros antecedentes, como hojas de vida.
"(Luego) la Corte (Suprema) tiene que votar si efectivamente se decide la remoción, porque esta es la apertura de un cuaderno, no es una remoción o desvinculación como se usa en lenguaje general, solamente la apertura del cuaderno", acotó Cisternas.
"En su minuto -agregó- la Corte de nuevo tendrá que resolver qué se hace con este cuaderno de remoción en el sentido de decidir si se da curso definitivo o no. Y si se da, se comunica al Poder Ejecutivo para la dictación del decreto correspondiente o se emite por la propia Corte, según sea el planteamiento que se tenga".
La resolución sólo será impugnable por los afectados mediante un recurso de reposición, el cual deberá contar con nuevos antecedentes que los supremos consideren convincentes y decidan incorporar al caso.