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Caso jueces de Rancagua: Elgueta recurre al TC tras cuaderno de remoción que abrió la Corte Suprema

El requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad apunta al procedimiento para investigar su presunta participación en irregularidades.

05 de Julio de 2019 | 13:45 | Por Juan Peña A., Emol
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El magistrado asegura que el procedimiento no cumple el debido proceso.

El Mercurio
SANTIAGO.- El suspendido juez de la Corte de Apelaciones de Rancagua Emilio Elgueta presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre el procedimiento para investigar las presuntas irregularidades por las que la Corte Suprema resolvió abrir un cuaderno de remoción en cu contra.

El documento del magistrado fue ingresado el jueves en la Segunda Sala, y en éste acusa que, supuestamente, no existió un debido proceso.

Elgueta expone en su requerimiento que "las irregularidades que relato encuentran esencialmente su causa, fundamento, origen y explicación, lamentablemente, en la aplicación del procedimiento (...) de la Excelentísima Corte Suprema denominado 'Acta que fija el texto del auto acordado sobre Procedimiento para Investigar la Responsabilidad Disciplinaria de los Integrantes del Poder Judicial' (...), cuya inconstitucionalidad pido sea declarada".


Lo anterior puesto que dichas "irregularidades", a su juicio, "dan lugar y causan, sustancial y derechamente, a las vulneraciones".

En este sentido argumenta que dicha Acta es "arbitraria" puesto que -sostiene- no puede ser dictada por el máximo tribunal, sino que por el Poder Legislativo que tiene la facultad de dictar leyes que rijan dichos procedimientos sancionatorios.

"La constitucionalidad que se reclama tiene su raíz en la misma Acta pues ha sido dictada por la Corte Suprema en atención al uso de sus Atribuciones Conexas, específicamente en uso de la Facultad Económica (reglar la buena marcha de la administración de justicia) establecido en el Artículo 3 del Código Orgánico de Tribunales, sin embargo, dicha facultad se encuentra restringida por el Artículo 4 del mismo Código y por la separación de los poderes como principio fundamental del poder político quedándole, por lo tanto, excluida y vedada de la facultad de crear normas de carácter coercitivas y menos sancionatorias como las que contiene inconstitucionalmente dicha Acta", se lee en uno de los párrafos del requerimiento.

Ahora, el TC deberá decidir si acoge a trámite o no el recurso, es decir, revisará que cumpla con los requisitos que establece la norma; después, pronunciarse sobre su admisibilidad (que efectivamente apele a una supuesta vicio de inconstitucional).

6cargos levantó la jueza Rosa María Maggi.

Si sortea estas etapas pasará a ser analizado por el Pleno, que deberá pronunciarse sobre el fondo del asunto, etapa en la cual se convoca a los alegatos.

La jueza de la Corte Suprema Rosa María Maggi -cuyo trabajo no objeta- le atribuyó a Elgueta haber prestado consejo al médico Luis Arenas -condenado en 2018 a una pena de dos años por suministrar recetas de psicotrópicos a una red de tráfico de estupefacientes- a sabiendas del incumplimiento de una medida cautelar; y por haber modificado, en su calidad de presidente del tribunal de alzada, la integración de una Sala de la Corte sin justificación.

Asimismo, haberse comunicado con abogados y partes litigantes de siete causas; solicitar al suspendido fiscal regional de O'Higgins, Emiliano Arias, designar en un cargo a su ex cónyuge y a una ex alumna; exigir la designación de otra alumna en un cargo en el Primer Juzgado civil de Rancagua mediante presiones; y haber requerido y aceptado la suma de $1 millón de un juez que fue sobreseído.
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