SANTIAGO.- El Presidente Sebastián Piñera reveló esta semana que enviará un proyecto para modificar la actual Ley que "fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos" (N°18.101, 1982), el cual apuntará a establecer una relación "más justa" entre el arrendatario y el arrendador.
Esta iniciativa se sumará a las que actualmente existen en el Congreso y que han presentado distintos legisladores para cambiar algunos artículos, pero que no han sido aprobados por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, etapa donde están la mayoría de ellos.
Al respecto, el presidente de la instancia, Matías Walker, explicó a Emol que "ninguno de esos proyectos ha tenido urgencia por parte del Ejecutivo, nosotros nos regimos por las urgencias y por eso es que estamos, por ejemplo, tramitando la modificación a la ley de notarios y los de infancia".
"Nadie me lo ha pedido en la comisión, pero aprovechando que el Gobierno anunció este proyecto de ley, yo voy a proponer que cuando se envíe, si es que llega a la comisión, podamos refundirlo con todas las mociones parlamentarias que tienen que ver con este tema", añadió.
Sobre el anuncio del Mandatario, el diputado DC señaló que "el proyecto que presentó el Presidente va en la dirección correcta para agilizar los juicios de arrendamiento y sobre todo el poder sacar a una familia que está ocupando ilegalmente un inmueble sin contrato de arriendo, sin efectuar o generando daños y destrozos al inmueble".
"Yo espero que cuando el Ejecutivo envíe el proyecto de ley, probablemente lo va a enviar a la Comisión de Vivienda, pero si lo envían a la de Constitución, lo vamos a ver con mucho gusto y va a ser una oportunidad para que podamos refundir todos los proyectos de ley en materia de arriendo", indicó.
Por último, manifestó que "va a ser una excelente oportunidad para traer a la vista todos los proyectos de ley que se han ido presentando".
Las últimas iniciativas
Uno de los últimos proyectos de ley que se encuentra en la Cámara de Diputados fue impulsado por Gonzalo Fuenzalida (RN) e ingresado el 20 de noviembre de 2018, que "tiene por objeto introducir una medida cautelar de lanzamiento provisorio en contra de aquel arrendatario que demuestre un comportamiento irresponsable en el pago o cuidado del inmueble, la que se verificará durante el juicio de arrendamiento, cuya tramitación tiende a ser breve y concentrada".
Según adelantó a Emol, el próximo miércoles "queremos hacerle una ampliación para cubrir no solamente los arriendos, sino que también los precarios, que es cuando la gente, por ejemplo, deja estar en el lugar pero por palabra, nunca firma un contrato o tiene la vivienda a la venta y llega una persona y la ocupa. Entonces igual hay que hacer una acción de precarios que es el mismo procedimiento civil porque es un juicio sumario y en ambos casos tenemos que llegar a un lanzamiento".
El anterior a ese fue promovido por el diputado independiente Karim Bianchi el 3 de enero de 2019: "Agréguese el nuevo artículo 24 bis: De los servicios residenciales continuos que fueron prestados dentro del período de arrendamiento responderá siempre el arrendatario, de tal forma, el saldo adeudado sólo podrá perseguirse sobre su patrimonio y en ningún caso podrá gravar al inmueble, a su dueño o a futuros arrendatarios".
Hubo también uno ingresado el 5 de julio del año pasado que "propone incorporar un nuevo inciso segundo y tercero al artículo, por los cuales se prohíba y sancione el subarriendo abusivo. Por otra parte, se modifica el artículo 7º, con el objeto de incluir dentro de la competencia de esta ley los litigios que se susciten a propósito de los subarriendos".
El 25 de septiembre se presentó uno que dice que "quien arriende o subarriende un inmueble o habitaciones correspondiente a los inmuebles comprendidos en esta normativa legal no podrá hacerlo a más de dos personas por habitación, con un máximo de cuatro cuando se trate de habitaciones compartidas por personas unidas por consanguinidad, matrimonio o convivencia civil. Además, deberá garantizar la existencia de un servicio higiénico por cada cinco personas, cuando se trate de un inmueble arrendado o subarrendado por habitaciones".
Y añade: "Conocerá de esta infracción en cada caso el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentre el inmueble arrendado o subarrendado a solicitud de cualquier persona. Sancionándose el incumplimiento de esta normativa con una multa que ascenderá desde 10 a 150 unidades de fomento a beneficio municipal".
"Hay un proyecto reciente que se presentó con el objeto de establecer una medida provisional de lanzamiento cuando se presentan las demandas de arriendo, es un tema que hay que ver con mucho cuidado porque no pueden pagar justos por pecadores".
Matías Walker
Los juicios
El 18 de octubre del año pasado, parlamentarios de la UDI ingresaron un proyecto que busca "mejorar la normativa introduciendo pequeñas modificaciones que creemos va a permitir obtener procesos más breves, y por consiguiente aminorar los costos que conllevan".
De esta forma, se propuso "la posibilidad de agregar una forma especial de notificación de las resoluciones judiciales a través de correo electrónico; la obligación del juez de dictar sentencia en el plazo de 10 días, mismo plazo que tienen los procedimientos sumarios; la notificación de pleno derecho de las resoluciones dictadas en audiencia; la imposibilidad de apersonarse los subarrendatarios cuando el arrendatario ha declarado la no existencia de estos, con el objeto de evitar futuras nulidades procesales, permitiéndoles por tanto perseguir la responsabilidad legal de acuerdo a las reglas generales, entre otras".