SANTIAGO.- En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de inaplicabilidad presentado por Aguas Andinas en contra de la demanda que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) interpuso por los cortes de suministros hace más de dos años y que podría implicarle una millonaria multa.
La disputa legal comenzó en agosto de 2017, cuando el Sernac presentó una acción colectiva ante el 4° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago por las suspensiones de suministro registrados meses antes en Santiago: aquellas entre los días 26 y 28 de febrero, y la del 21 de abril, las cuales afectaron a 1.183.241 clientes, según fijó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Así, el servicio acusó un incumplimiento a su deber, además de indicar que la empresa no sólo no entregó la información una vez requerida, sino que tampoco informaba "de manera veraz y oportuna la hora y reposición de éste".
Por ello, y estableciendo una millonaria compensación por cada afectado, se pidió una multa de casi 355 millones de UTM que implica una cifra de $16.790.000.000.000, equivale a más de US$23 mil millones, al valor del dólar de hoy ($720).
Ya a los meses, el abogado y ex contralor Ramiro Mendoza recurrió al TC en representación de Aguas Andinas para impugnar una serie de artículos, algunos relacionados con la presentación de demandas colectivas, ordenar indemnizaciones sin requerir la comparecencia de los afectados y que la multa fuese por cada afectado.
Se argumentó que la sanción es desproporcionada, indicando además que los cortes obedecían a fenómenos climáticos imprevistos.
Sin embargo, a tras meses en suspenso, el TC terminó por descartar "la producción de los efectos inconstitucionales que alega la requirente", rechazando íntegramente el requerimiento.
Así también, se ordenó el alza de la suspensión del procedimiento y decidió no condenar en costas a Aguas Andinas "por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar".
La decisión fue acordada con el voto en contra de los ministros Iván Aróstica, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Férnandez, quienes estuvieron por acoger la impugnación a una sanción "por cada consumidor afectado".