SANTIAGO.- La Primera Sala de Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible el requerimiento que buscaba impugnar la potestad legal del contralor Jorge Bermúdez para invalidar permisos de edificación en Estación Central.
La decisión fue adoptada hoy por los ministros Iván Aróstica, Juan José Romero, José Ignacio Vásquez y María Pía Silva, además del magistrado suplente Rodrigo Delaveau.
La acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad fue presentada el 26 de junio por la Inmobiliaria Placilla SpA, una de las afectadas por la decisión de la entidad fiscalizadora de noviembre de 2018 que obligó a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Estación Central a invalidar los permisos de edificación de 49 edificios en la comuna.
Las construcciones en cuestión fueron apodadas como "guetos verticales" debido al poco espacio que existe entre los altos edificios, además de la gran cantidad de departamentos construidos en cada uno de ellos.
De acuerdo a la inmobiliaria, la decisión del contralor habría excedido sus competencias ya que suplanta el criterio planteado por el director de obras municipales de dicha comuna, actuando además sin un procedimiento legal.
El requerimiento fue admitido a trámite por el TC el pasado 5 de junio, instancia en que además se ordenó la suspensión del procedimiento. Ya el 7 de agosto se realizó una audiencia para oír los alegatos de las partes sobre la admisibilidad del requerimiento, la cual terminó por ser descartada este martes.
En el fallo, el tribunal aludió a los recursos de protección que fueron presentados en tribunales por las inmobiliarias afectadas y los cuales vieron suspendido su avance con el recurso en el TC.
"Siendo ello relevante a los efectos de delimitar la injerencia que en estos casos cabe al TC, para entrar a resolver un requerimiento de inaplicabilidad por incostitucionalidad de los preceptos legales impugnados. Porque, atendida la naturaleza y alcance del recurso de protección, es en esta sede donde la autoridad requerida puede ser objetada en su actuar, no solamente por ser ilegal, sino también por ser arbitrario. Extremo este último que allí se estaría ventilando", indica la resolución.
La Sala también dejó sin efecto la suspensión del procedimiento, lo que congelaba la tramitación de los recursos presentados en sede penal.