SANTIAGO.- Luego de haber sido formalizado por el delito de falsa alarma de calamidad pública, el ex gerente de Recursos Humanos en la División Gabriela Mistral, Francisco Marín, fue sobreseído.
El 26 de julio de este año
Codelco desvinculó a Marín luego de que este supuestamente haya "alertado" en el
aeropuerto de Calama que
llevaba una bomba.
"(Codelco) decidió poner término inmediato al contrato de trabajo del ejecutivo Francisco Marín Aguilar, luego del incidente ocurrido ayer en el aeropuerto de Calama y que es ampliamente conocido por la opinión pública", decía el comunicado publicado por la minera.
Marín fue formalizado por el delito de falsa alarma de calamidad pública, ante lo cual él -en conversación con Emol- explicó que estaba conversando con otros ejecutivos acerca de la bomba que había estallado en la comisaría de Huechuraba y que ante eso funcionarios del aeropuerto activaron el protocolo aludiendo a que él había afirmado que llevaba un dispositivo explosivo.
"Siempre supe que era inocente, (...) todos podemos cometer errores, pero acá hubo uno en donde funcionarios de dos organizaciones me juzgaron equivocadamente por delitos que no cometí y eso tuvo consecuencias terribles para mi familia, trabajo e imagen personal"
Francisco Marín
En tanto,
el ministro de Minería, Baldo Prokurica señaló que "creo que
comparto plenamente la decisión de Codelco de separar del cargo a esta persona y especialmente tomar medidas para los efectos de que las contrataciones futuras de los profesionales que ingresen (...) tengan las condiciones mínimas para actuar en esta situación".
Sin embargo, tras una espera de un poco más de dos meses en donde además Marín tuvo que firmar cada 15 días en Fiscalía, fue sobreseído definitivamente ante la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, lugar en donde se estableció su inocencia.
En el acta de audiencia consta que "no es posible tipificarse los hechos por el delito indicado, porque ello
no corresponde a la acción desplegada por el imputado y menos a la situación generada como consecuencia de una frase inapropiada, que por lo demás estaba todo a mano de los agentes fiscalizadores sin que se hubiese advertido en alguna de las declaraciones situaciones irregulares que infundiera sospecha real de este artefacto, por lo tanto, la falta de criterio de los agentes no puede inducir a la creación de antecedentes fácticos inexistentes que demuestren a lo menos la existencia de alguno de los delitos referidos, especialmente teniendo presente las tipificaciones propuestas en la denuncia y la formalización de la investigación".
"Al no constituir el hecho investigado un delito, no cabe sino revocar la resolución apelada y disponer el sobreseímiento definitivo de este proceso criminal por inexistencia de antecedentes de hecho que pudiere calificarse como un hecho ilícito penal", concluye.
En tanto Marín se mostró tranquilo y optimista por la decisión de la corte. "Siempre supe que era inocente, (...) todos podemos cometer errores, pero acá hubo uno en donde funcionarios de dos organizaciones me juzgaron equivocadamente por delitos que no cometí y eso tuvo consecuencias terribles para mi familia, trabajo e imagen personal", declaró.