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Sesionó por última vez en 2014: Cuál es la función del Consejo Nacional de Seguridad y quiénes lo componen

Es presidido por el Mandatario, la única persona habilitada para convocarlo. El organismo, que fue reformado en 2005 para convertirse en un ente asesor, se reunirá en La Moneda a las 19:00 horas.

07 de Noviembre de 2019 | 14:08 | Por Consuelo Ferrer, Emol
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El Presidente de la República, Ricardo Lagos se reúne con el Consejo de Seguridad Nacional en 2005.

J Jouannet, El Mercurio,
SANTIAGO.- Junto con presentar una agenda para "resguardar el orden público" que incluye endurecimiento de penas para involucrados en saqueos, el Presidente Sebastián Piñera anunció que este jueves a las 19:00 horas se reunirá en La Moneda el Consejo de Seguridad Nacional (Cosena), un organismo encargado de asesorar al Mandatario en materias vinculadas a la seguridad.

Se trata de un consejo establecido en la Constitución en 1980 y compuesto por el Presidente de la República, que lo preside, los presidentes del Senado, la Cámara de Diputados y la Corte Suprema, además de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, el General Director de Carabineros y el Contralor General de la República.

El Cosena sesionó por última vez el 20 de enero de 2014, convocado también por el Presidente Piñera para analizar el fallo de La Haya en la demanda marítima peruana. La reunión tuvo una duración de dos horas y 40 minutos. En dicha oportunidad, el encargado de dar una declaración oficial del encuentro fue el entonces ministro Andrés Chadwick.

Entre 1980 y 2005, antes de que su institucionalidad se modernizara con las reformas constitucionales de ese año, sesionó un total de 24 veces, en ocasiones como el arresto de Augusto Pinochet en Londres o las consecuencias del Informe Rettig.

Luego de que se aprobaran las reformas al organismo, ha sido convocado solamente en tres ocasiones: este jueves, en 2014 y a finales de 2005 por Ricardo Lagos, que lo llamó para analizar la posibilidad de que el entonces Mandatario peruano, Alejandro Toledo, presentara una demanda limítrofe contra Chile.

Un organismo reformado


Contenido en la Constitución, el Cosena solamente puede ser convocado por el Presidente de la República y tiene como quórum para sesionar el de la mayoría absoluta de sus integrantes. Adicionalmente, en los casos en que el Presidente lo determine, podrán estar presentes en sus sesiones los encargados del gobierno interior, de las relaciones exteriores, la defensa nacional, la economía y las finanzas del país.

Los acuerdos deben ser adoptados por mayoría de sus miembros con derecho a voto y las sesiones son públicas, a menos que se acuerde declararlas secretas

La función es la de "asesorar" al Presidente de la República en cualquier materia vinculada a la seguridad nacional y la Constitución establece que el Cosena "no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición".

En sus sesiones, cualquiera de sus integrantes puede "expresar su opinión frente a algún hecho, acto o materia que diga relación con las bases de la institucionalidad o la seguridad nacional". Las sesiones son públicas, a menos que sus miembros acuerden declararlas como secretas.

Antes de su reforma, podía autoconvocarse por dos de sus miembros y tenía atribuciones como la designación de senadores institucionales y miembros del Tribunal Constitucional. En los primeros años del retorno a la democracia fue ampliamente criticado, pero tras la reforma de 2005 hoy actúa como un organismo meramente asesor.
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