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Corte rechaza prohibirle a Carabineros uso de escopetas antidisturbios durante manifestaciones en Santiago

La petición la realizó un grupo de abogados y estudiantes de Derecho a la espera que se resuelva el recurso de protección por daños ocultares producto de los disparos.

19 de Noviembre de 2019 | 15:45 | Por T. Cerna, Emol.
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SANTIAGO.- La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó prohibirle a Carabineros el uso de escopetas antidisturbios durante las manifestaciones desarrolladas en Santiago.

La petición la realizó un grupo de abogados y estudiantes de Derecho a la espera que se resuelva el recurso de protección ingresado al tribunal a raíz de las decenas de personas que han resultado con daños oculares por lesiones con este tipo de arma.

"No es posible que ejercer el legítimo derecho a la protesta condicione el desplazamiento libre por la ciudad, además de ser imposible y nocivo respirar, ademas del riesgo de quedar con trauma ocular por este uso indiscriminado de la escopeta antidisturbios", señala el recurso.

En el documento detallan también que como ciudadanos que participan en las marchas, "tenemos el razonable y legítimo temor de que, en el marco de esas manifestaciones pacíficas y sin armas, se viole gravemente nuestra integridad física y psíquica".

Por ello, la acción dirigida en contra de la institución y el Ministerio del Interior pide que se "restablezca el imperio del Derecho" y, a la espera de la revisión del fondo de la acción, se suspenda el uso de las escopetas.

Sin embargo, y resolviendo de manera contraria a diversos tribunales del país que prohibieron las armas en manifestaciones pacíficas, la Corte capitalina se negó.

Para ello, la Sala consideró que, "encontrándose Carabineros de Chile en el estado de derecho actualmente vigente en nuestro país, sujeto en su proceder a la ley, a los reglamentos y a los protocolos que lo regulan, siendo sus conductas, en caso de que transgredan tales parámetros, susceptibles de ser revisadas y eventualmente sancionadas por los tribunales de justicia", se "hace innecesario disponer, ahora, una orden a ese respecto, por ser manifiestamente axiomática", aludiendo a que sería redundante restringir el uso a lo que ya está establecido en los protocolos.

La decisión fue adoptada por los ministros Paola Plaza, Maritza Villadangos y el abogado integrante Jorge Norambuena.
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