Los diputados Boris Barrera, Gastón Saavedra, Daniel Verdessi, Sofía Cid y Gastón von Mühlenbrock.
Archivo El Mercurio
SANTIAGO.- La Sala de la Cámara de Diputados sorteó esta mañana los cinco integrantes de la comisión ad hoc que analizará la acusación constitucional presentada ayer en contra del Presidente Sebastián Piñera.
La tómbola -método utilizado para elegir los nombres- determinó que Boris Barrera, jefe de bancada del PC, Daniel Verdessi (DC), Gastón Saavedra (PS), Sofía Cid (RN) y Gastón von Muhlenbrock (UDI) sean los miembros de la instancia.
Cabe recordar que la comisión recibe a expositores y elabora un documento en la que recomienda aprobar o no la moción, pero éste escrito no es vinculante, ya que es la Sala la que decide si procede o no el libelo.
La acusación fue firmada por Carmen Hertz (PC), Daniel Núñez (PC), Emiliana Nuyado (PS), Jaime Naranjo (PS), Carolina Marzán (PPD). Del Frente Amplio apoyaron la moción Tomas Hirsch (PH), Gael Yeomans (CS), Claudia Mix (Comunes), Jorge Brito (RD) y Vlado Mirosevic (PL). Además, adhirió el diputado Esteban Velásquez (FRVS).
La explicación de los firmantes para impulsar la moción radica en "las graves y sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos cometidas por agentes del estado en el ultimo mes", según comentó Hertz.
Proceso
Según la Constitución chilena se puede acusar al Presidente de la República y también a ministros de Estado, aunque algunos de sus requisitos y procedimientos varían en el trámite legislativo.
Para iniciar el proceso de una acusación en contra de cualquiera de los cargos mencionados se requiere la firma de no menos de diez y no más de 20 diputados. En el caso del Mandatario, según la Carta Magna en su artículo 52, éste puede ser acusado "por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes".
Para que la acusación en contra del Presidente de la República prospere se necesita el voto de la mayoría de los diputados en ejercicio. Luego, al ser revisada por el Senado, cuyos integrantes actúan como jueces, estos deberán decidir con el voto de dos tercios de sus miembros en ejercicio. En el caso de los ministros, sólo se necesita la mayoría simple de los senadores para que prospere la iniciativa.