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Tribunal rechaza recurso contra juezas que absolvieron a acusados en caso de armas halladas en control vehicular

La Corte de Valparaíso descartó, de manera unánime, que las magistradas hubiesen cometido una falta o abuso grave al resolver, en un segundo juicio, el controvertido caso. El conflicto aún puede escalar a la Corte Suprema.

03 de Diciembre de 2019 | 16:53 | Por T. Cerna, Emol.
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Poder Judicial.
SANTIAGO.- De manera unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso descartó que las tres juezas que absolvieron a dos hombres por porte ilegal de armas de fuego y receptación en El Tabo, hubiesen cometido una falta o abuso grave al resolver.

Ello, luego de rechazar el recurso de queja interpuesto por el Ministerio Público, en el marco del segundo juicio ordenado por el mediático caso que partió el 28 de mayo del año pasado, cuando personal de Carabineros revisó, en medio de un control vehicular, el maletero del auto en el que viajaban Manuel Olivares Maldonado y Nilson Cerda Órdenes.

Al interior de un bolso hallaron dos revólveres con encargo de robo, una pistola, 190 cartuchos y $4.162.000 en efectivo. Los sujetos fueron detenidos y llevados ante tribunales, donde el Juzgado de Garantía de San Antonio terminó por declarar ilegal la aprehensión al considerar que los policías actuaron sin que existiera indicio de delito y que, por ende, la prueba había sido obtenida en forma ilegal.

La situación generó la molestia del Gobierno, desde donde se presentó una querella y un recurso de queja contra el magistrado que resolvió. Ya en junio de este año, el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio hizo suyo el criterio y absolvió a los acusados tras estimar que la prueba fue obtenida vulnerando la "libertad ambulatoria y el debido proceso" y que, por ello, la evidencia debía ser excluida. El caso terminó siendo cerrado por falta de evidencia.

Ya en agosto, la Corte de Valparaíso acogió el recurso de nulidad interpuesto y ordenó un segundo juicio, el que culminó casi un mes después, con la misma resolución y razonamiento.

Fue contra esta último fallo que recurrió el ente persecutor, acusando a las magistradas de cometer presuntas falta o abuso grave, y buscando dejar sin efecto la sentencia y la realización de un nuevo juicio oral.

Sin embargo, aquello terminó por ser descartado por parte de la Corte, según explicó el ministro vocero, Raúl Mera.

"La Primera Sala de la Corte rechazó ese recurso de queja, y lo rechazó básicamente porque el recurso de queja es una vía disciplinaria que procede cuando se ha cometido, en alguna resolución, una falta o abuso grave. Esta Sala estimó que lo que había ocurrido con la sentencia no era una falta o abuso grave, sino que una determinada interpretación de los hechos y el derecho que le corresponde a los jueces que estaban dentro de sus funciones", señaló el magistrado.

Y añadió: "No hace la Corte una apreciación acerca si está bien o mal la decisión, eso que quede muy claro. Lo único que dice que esa decisión, bien o mal, está tomada dentro de las atribuciones de los jueces".

Mera sostuvo además que, en caso que la fiscalía no quede conforme con la resolución y, por lo tanto, persistiera en entender que hay una falta o abuso, puede recurrir hasta el máximo tribunal del país. "En ese caso el recurso se va a la Corte Suprema y la Corte Suprema tiene la última palabra", zanjó.
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