VALPARAÍSO.- La Cámara de Diputados aprobó con amplia mayoría el proyecto de ley que tipifica el delito de saqueos y barricadas durante manifestaciones, estableciendo además penas para quienes los cometan.
La iniciativa impulsada por los diputados Gonzalo Fuenzalida (RN), Miguel Ángel Calisto (DC), Gabriel Silber (DC), Matías Walker (DC) y Marcela Sabat (RN) y que fue patrocinada por el Gobierno en el marco de su agenda de seguridad, fue aprobada por 127 diputados.
En tanto siete parlamentarios votaron en contra: Florcita Alarcón (PH), Hugo Gutiérrez (PC), Amaro Labra (PC), Esteban Velásquez (FRVS), Félix González (Ecologista), Pamela Jiles (PH), Emilia Nuyado (PS). En tanto, otros 13 diputados se abstuvieron, todos de oposición.
El proyecto, que ahora pasa al Senado, busca sancionar más gravosamente saqueos y desórdenes, incluido barricadas, que se den en un contexto de manifestaciones ilegítimas o alteración de orden público.
Respecto a saqueos, según establece el proyecto, se modifica el delito de robo en lugar no habitado, agregando un nuevo inciso segundo, que tiene por objetivo aumentar la penalidad de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 541) a grado máximo (3 años y un día a 5 años), cuando éste se comete 'actuando en grupo o individualmente pero amparado por él, y tuviera lugar en ocasión de calamidad pública o alteración al orden público.
Sobre las barricadas, el proyecto señala explícitamente que se sanciona el incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos.
En tanto, el único inciso que se rechazó es el que buscaba establecer sanciones para quienes intentaran detener una manifestación pacífica.
El Senado debatiría hoy mismo el proyecto aprobado en la Cámara, ya que la iniciativa cuenta con discusión inmediata
El proyecto tiene como fin sancionar los desórdenes públicos ocurridos en el marco de una manifestación o reunión pública, "en cuanto sus partícipes se valen de ésta y de forma violenta concurren en desórdenes públicos, asegurando así su impunidad, con una pena de reclusión menor en su grado medio a máximo (3 años y 1 día a 5 años)".
En ese sentido se entiende como desorden público paralizar o interrumpir, gravemente, servicios públicos de primera necesidad; ejecutar actos violentos que sean peligrosos para la vida o integridad de las personas; destruir, total o parcialmente, pero de forma relevante, estructuras públicas o privadas; incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos; impedir o dificultar la actuación de bomberos y otros servicios de utilidad pública; impedir coactivamente la realización de la manifestación o reunión pública; y cuando se ocupen o usurpen inmuebles públicos o privados.
Desde el Senado han manifestado la intención de tramitarlo durante esta misma jornada en la sesión especial de Sala programada a partir de las 19:30 horas, ya que la iniciativa cuenta con discusión inmediata.