SANTIAGO.- En el 8° Juzagado de Garantía
fueron formalizados hoy 12 efectivos de Fuerzas Especiales de Carabineros imputados por torturas en contra de un manifestante ocurridas el pasado 21 de octubre en la Plaza de Ñuñoa.
El tribunal decretó
prisión preventiva para cinco de ellos. Además, para los otros siete imputados se dictó la medida cautelar de
firma semanal en la 33° Comisaria de Ñuñoa, junto a arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima.
Según la fiscalía, las supuestas agresiones que recibió la víctima, identificada como Moises Ordenes, fueron además transmitidas en vivo por un canal de televisión. Producto de esto, la víctima habría perdido la visión de un ojo.
El abogado defensor de los policías, Mario Vargas, señaló que en este caso no se configura el delito de torturas y solicitó los antecedentes de la víctima.
"Nosotros somos de la idea hoy, porque esto tiene que discutirse en juicio, de que podría haber algún tipo de lesiones o apremios. Son detalles técnicos los que van a tomar una decisión", sostuvo en radio ADN.
El fiscal jefe de Ñuñoa, Álvaro Pérez, afirmó que "lo cierto es que ya desde la formalización se pudo hacer una diferenciación entre los cinco imputados que habían tenido una conducta activa en orden a causar graves sufrimientos físicos en la víctima, motivados por un castigo, en este caso, un castigo por haberse estado manifestando el día de los hechos en Plaza Ñuñoa".
"Lo cierto es que ya desde la formalización se pudo hacer una diferenciación entre los cinco imputados que habían tenido una conducta activa en orden a causar graves sufrimientos físicos en la víctima, motivados por un castigo".
Fiscal Álvaro Pérez
Mientras que los siete restantes fueron juzgados por "una conducta omisiva al no haber impedido o no haber hecho cesar esas torturas", afirmó Pérez. "Y el Tribunal estimó que aquellos imputados que tenían una conducta activa en causar estos sufrimientos, proporcionar las medidas de prisión preventiva y para los otros fijó medidas cautelares de menor intensidad", explicó.
Si bien, la defensa solicitaba la figura penal de agresiones legítimas, en vez del delito de tortura, el fiscal contó que "por cuanto el delito de tortura, por lo menos en el Código Penal, está establecido en orden a aquellos graves sufrimientos que se provocaron a la victima motivado por un castigo, y eso está establecido para el delito de tortura, no así para el delito de apremio legitimo y el Tribnual estimo que en los hechos era lo que procedía".
Por último, por orden del Tribunal, se prohibió dar a conocer las identidades de los funcionarios.