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Entra en vigencia ley que permite cambio de sexo registral y Registro Civil ya suma 921 peticiones

Entre los requisitos para el cambio, que no tiene costo, se encuentra la mayoría de edad, y no tener vínculo matrimonial vigente. Se mantiene el mismo RUN, y reconocen derechos en ámbitos como salud y trabajo.

27 de Diciembre de 2019 | 09:53 | Por T. Cerna, Emol.
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Cedida.
SANTIAGO.- Este viernes entró en vigencia la ley de Identidad de Género, y el Registro Civil ya suma casi mil peticiones a lo largo del país para llevar a cabo el cambio de sexo registral.

La normativa en cuestión permite así que toda persona, cuya identidad de género no coincida con su sexo biológico y nombre registral, pueda solicitar su rectificación en oficinas habilitadas para este trámite.

Fue el pasado 16 de diciembre cuando el Registro Civil abrió el trámite de reserva de hora para el cambio de sexo registral, contabilizándose a la fecha un total de 921 solicitudes de audiencias.

De este grupo, 136 ceremonias están programadas para hoy.

Al respecto, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, señaló que esta nueva ley favorecerá a todos los que requieran ser reconocidos en su identidad: "Esta ley, en la que trabajamos mucho, nos permite cumplir un anhelo de una comunidad que estaba postergada, que estaba invisibilizada".

"Nosotros, muchas veces apegados a las tradiciones culturales pasadas, no nos damos cuenta de realidades que existen en nuestra sociedad. Este paso, por eso, es muy importante, porque se trata de ejercer un derecho para que la persona sea quien es, de acuerdo a su identidad personal, y no necesariamente, en este caso, al sexo biológico con el cual nació", indicó el secretario de Estado.

Y agregó: "Por lo tanto, esta ley no sólo permite el cambio de nombre, que ya es algo extraordinariamente relevante, sino que permite también el reconocimiento de derechos en distintos ámbitos, como la salud, el trabajo y otros".

Entre los requisitos que se piden para el cambio de sexo registral está contar con la mayoría de edad y no tener vínculo matrimonial vigente. Así también, si la persona es extranjera, debe tener inscrito su nacimiento en Chile, así como acreditar permanencia definitiva.

"Esta ley no sólo permite el cambio de nombre, que ya es algo extraordinariamente relevante, sino que permite también el reconocimiento de derechos en distintos ámbitos, como la salud, el trabajo y otros".

Ministro de Justicia, Hernán Larraín.
La persona interesada por el cambio, deberá acudir con su cédula de identidad a cualquiera de las 372 oficinas habilitadas a nivel nacional, y solicitar una audiencia, a la que además deberán ir dos testigos, quienes declararán que este conoce los efectos jurídicos que implica la rectificación.

En la instancia se realizará también una foto para la cédula. Si bien el trámite de cambio es sin costo, si se deberá pagar los nuevos documentos, es decir cédula y pasaporte, los que tardarán en estar listos cerca de 45 días hábiles, los que se cuentan desde la fecha de la solicitud.

Por su parte, el director nacional del Registro Civil, Jorge Álvarez, explicó que "las personas que accedan al cambio de sexo registral, seguirán manteniendo el mismo RUN, además tampoco afecta la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales, ni de aquellos provenientes al derecho de familia".

Así también, que el servicio podrá acoger, rechazar o declarar inadmisible la petición de rectificación, dependiendo del cumplimiento de los requisitos en cuestión. De ser confirmado, se cambiarán imágenes, soportes digitales, datos informáticos u otros con que las personas figuren en registros públicos y privados.

Una vez emitidos los nuevos documentos de identidad y viaje, no podrán ser empleados, solicitados o exhibidos bajo ninguna circunstancia y ante ninguna entidad pública o privada, los documentos anteriores a la rectificación.

En el caso de menores de entre 14 y 17 años, el trámite se debe hacer con consentimiento de los padres y ante un juez de Familia -no ante el Registro Civil-.
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