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TC declara inconstitucional artículos de Ley Pascua que rebajan penas a acusado en caso de violación

Desde el Ministerio Público calificaron la decisión como "el logro jurídico más importante del siglo XXI en este alejado territorio insular".

03 de Septiembre de 2020 | 19:34 | Por T. Cerna, Emol.
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El Mercurio.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió hoy una de las causas que tenía pendiente: acogió el requerimiento de inaplicabilidad por la Ley Pascua, por la cual se beneficiaba a un acusado de violación en Rapa Nui.

La situación se analizó luego que el juez de la isla, Álex Guzmán, solicitara declarar inconstitucional los artículos 13 y 14 de la normativa. El primero beneficia con la rebaja de pena en un grado a un isleño acusado de agredir sexualmente a una técnico dental que, el 6 de octubre de 2019, estaba participando de un operativo médico. Mientras que el segundo le permite cumplir "hasta dos tercios de la pena fuera del establecimiento carcelario".

A través de un comunicado, el TC informó que la petición fue acogida: "El Pleno del Tribunal Constitucional (...) adoptó acuerdo y resolvió acoger el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui-Isla de Pascua, respecto de los artículos 13 y 14 de la Ley N° 16.441".

La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Juan José Romero, quien consideró que lo resuelto "no es compatible con la garantía que tiene todo imputado de no ser castigado con una pena más alta que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Esta regla está contenida expresamente en nuestra Constitución, así como en diversos Tratados Internacionales de Derechos Humanos".

Ello, acotó, "no significa desconocer que se está ante una diferencia legal arbitraria que le corresponde remediar de manera urgente al legislador".

Sobre el tema se refirió también el Consejo de Ancianos Mau Hatu'o te Rapa Nui mediante un téngase presente, en el cual aseguraron que la violencia y relaciones sexuales sin consentimiento no forman parte de la cultura de la isla. "La violación es inaceptable e injustificable", manifestaron en el escrito.

Fiscalía: "(Es) el logro jurídico más importante del siglo XXI"


Sobre la decisión se refirió el fiscal jefe de Rapa Nui, Osvaldo Basso, quien detalló que el Ministerio Público alegó por caso "con criterio y visión de género".

"Lo anterior significa que para un caso concreto que estamos investigando, una violación propia cometida en territorio insular, esas disposiciones no habrán de ser consideradas por el tribunal de Juicio Oral de Valparaíso en el evento de dictarse sentencia condenatoria", explicó,

"Como fiscalía de Rapa Nui estamos muy felices, nos sentimos emocionados. Creo que el fallo del TC constituye el logro jurídico más importante del siglo XXI en este alejado territorio insular".

Fiscal Osvaldo Basso.
En esa línea, catalogó la decisión como "el logro jurídico más importante del siglo XXI" para el territorio.

"Como fiscalía de Rapa Nui estamos muy felices, nos sentimos emocionados. Creo que el fallo del TC constituye el logro jurídico más importante del siglo XXI en este alejado territorio insular. Creo que hemos contribuido con un granito de arena para que la dignidad de las mujeres de la isla, residentes y quienes se encuentren de paso, se sienta fuerte y realzada. Sus derechos humanos no van a ser más trasgredidos", acotó.

Por su parte, el subsecretario de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal, comentó que "el Tribunal Constitucional determinó que frente a quienes cometen el grave delito de agresión sexual debe primar el principio de igualdad ante la ley".

"El pueblo rapanui ha levantado este tema como una inquietud muy sentida que necesita ser zanjada. Por eso estamos impulsando una consulta indígena en que las personas de la isla puedan manifestarse en torno a modificar o derogar los artículos 13 y 14 de la Ley Pascua", recordó.
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