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Tres argumentos nuevos y otros usados en el segundo 10%: Las infracciones constitucionales que envió La Moneda ante el TC

En el texto, el Ejecutivo incluyó sus reparos ante la posibilidad de hacer uso de recursos de rentas vitalicias y recordó que el proyecto contraviene lo que ya resolvió el tribunal.

21 de Abril de 2021 | 10:37 | Por Felipe Vargas, Emol
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El ministro Ossa dio a conocer ayer la decisión de La Moneda de acudir al TC.

El Mercurio.
Ciento cuarenta y dos páginas contiene el texto que el Gobierno ingresó al Tribunal Constitucional (TC) para detener el avance del proyecto de ley que permitiría un tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones, en el cual esgrimió seis argumentos: Tres que ya presentó ante el segundo retiro y otros tres nuevos.

Al respecto, el ministro Secretario General de Gobierno, Juan José Ossa, explicó ayer que los motivos que tuvo a la vista el Ejecutivo para tomar la decisión fueron que "es nuestro deber velar porque las reglas que actualmente nos rigen sean respetadas y es por eso que presentaremos un requerimiento".

"Este proyecto atenta contra la calidad de vida de los chilenos en esa etapa que tal vez es la más importante de sus vidas: la vejez. Éstas, y ninguna otra, son las razones por los cuales corresponde presentar un requerimiento", añadió, punto que reafirmó esta mañana en entrevista con Radio Universo.

En dicha emisora, el secretario de Estado añadió que no están yendo al TC "para proteger a nadie, ni a las AFP ni mucho menos, estamos yendo por las razones que hemos dichos siempre y hemos seguido enfatizando durante la tramitación de este tercer retiro. Es una muy mala política pública para los chilenos".

El contenido del documento, firmado por Ossa y sus pares de Hacienda y Trabajo, Rodrigo Cerda y Patricio Melero, respectivamente, apunta a seis infracciones que habrían sido cometidas durante la tramitación del proyecto en el Congreso.

Los tres elementos nuevos son el pronunciamiento del TC ante la posibilidad de que las personas que poseen rentas vitalicias puedan retirar recursos; el desconocimiento por parte de los parlamentarios del fallo del TC de diciembre sobre el segundo retiro y la reposición de un proyecto ya rechazado, en relación a la indicación sobre las rentas vitalicias que esta semana se aprobó.

Primera infracción: No respeto a los quórums

Al igual que en su presentación anterior, el Gobierno indicó que el tercer retiro infringe el artículo 127 del capítulo XV de la Constitución, debido a que la moción incorpora una disposición transitoria "que no respeta el procedimiento, las formas ni los quórums que la Constitución exige para reformar sus capítulos y normas".

"Con ello, el proyecto infringe los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental, que garantizan los principios de supremacía constitucional y de juridicidad a los que toda autoridad se encuentra subordinados", agrega el escrito, haciendo presente de esa forma que esas indicaciones transitorias fueron visadas por 3/5 y no por 2/3.

Segunda infracción: Sobre el derecho de seguridad social

El segundo argumento señala que "el proyecto es inconstitucional al incorporar, con infracción al artículo 127 de la Constitución, reglas que, o bien buscan ampliar el destino de la cotización obligatoria, o bien que pretenden incidir en la estructura misma de la cotización obligatoria".

Con ello, indicaron, se está "lesionando en todos estos casos el sistema de seguridad social, sin proveer alternativas ni soluciones, defraudando los deberes del Estado e infringiendo las reglas de cotización afecta a fines de la seguridad social", junto con añadir que ello debe votarse con de 2/3 de los diputados y senadores en ejercicio.

Tercera infracción: Exclusividad del Presidente

El tercer punto sostiene que "el proyecto infringe el artículo 65 incisos tercero y cuarto N°6 en relación al artículo 127 de la CPR, al incorporar una nueva regla de iniciativa parlamentaria en materia de seguridad social, como también una nueva regla que invade la iniciativa exclusiva presidencial en materia de administración financiera y presupuestaria".

A juicio del Ejecutivo, la infracción se concreta al introducir una reforma por medio de una disposición transitoria, "cuyo objeto es modificar las atribuciones exclusivas del Presidente de la República en materia legislativa, las que tienen carácter permanente, consagrando una potestad parlamentaria excepcional, desconocida en la Constitución vigente, sin respetar el procedimiento de reforma establecido en el artículo 127 de la Constitución, y sin modificar su texto".

Cuarta infracción: Rechazo a uso de rentas vitalicias

En este aspecto, el Gobierno sostiene que hay una falta al derecho de propiedad y a la igualdad ante las cargas públicas, del artículo 19 N° 20 y N° 24 de la Constitución, ante la indicación impulsada por la oposición para que quienes tienen rentas vitalicias también puedan sacar dinero.

Por ello, recordaron otros fallos del TC que indicaron que "los derechos personales surgidos al amparo del contrato, más aún cuando tienen por fundamento u origen la seguridad social, están amparados por derechos fundamentales de la Constitución (...) imponiendo un sacrificio patrimonial a las compañías aseguradoras que administran estos seguros, injustificado y discriminatorio".

Quinta infracción. Contraviene resolución del TC

En este argumento, el Ejecutivo recuerda que el proyecto contraviene el fallo del TC sobre el segundo retiro del 10% de los fondos previsionales, en el cual la instancia acogió por completo el requerimiento del Gobierno contra la moción parlamentaria, en una decisión que terminó en empate y que fue dirimida por la titular de la instancia.

Al respecto, el texto señala que "el TC ya declaró inconstitucional un proyecto de reforma constitucional similar (...) que establecía, mediante disposición transitoria, un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales, dado que "la materia de que se trata solo puede ser objeto de una ley de quórum calificado de iniciativa presidencial", y que "la soberanía del Constituyente derivado se encuentra doblemente limitada, tanto por la sujeción irrestricta que debe a los principios de juridicidad y de separación de poderes, cuanto por el respeto integral que se debe a los derechos fundamentales".

Sexta infracción: Reposición de un proyecto ya rechazado

En el documento, el Gobierno también argumentó que el proyecto es inconstitucional debido a que quebranta el artículo 68 de la Constitución, en relación con el artículo 127 del mismo texto, que impide la renovación de un proyecto de ley que fuere desechado en general en la Cámara hasta un año después.

Sobre ese punto, el Ejecutivo hace mención al proyecto de rentas vitalicias que fue rechazado por el Senado el 13 de enero pasado y cuyas bases fueron rescatadas en una indicación que fue incluida en el proyecto del tercer retiro para ampliar la ayuda a quienes se han visto afectados económicamente por la pandemia del covid-19.
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